T-169 de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Ramirez Laino Cecilia·Respondent Unidad Administrativa Especial De Gestión Pensional Y Contribuciones Parafiscales De La Protección
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
- Vulneración por declarar decaimiento del acto administrativo que concedió sustitución pensional
- Derecho fundamental
- Garantía
- Obligación de obtener consentimiento expreso y escrito del titular del derecho
- Incumplimiento de requisitos o reconocimiento con apoyo en documentación falsa
- Inexistencia para el caso
- Demanda del propio acto por falta de consentimiento expreso y escrito del titular
- Alcance
- Casos en que la administración puede revocar su propio acto sin consentimiento expreso del titular
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este caso se aduce que la UGPP vulneró derechos fundamentales de la actora, como consecuencia de la expedición del acto administrativo mediante el cual declaró el decaimiento o pérdida de ejecutoria de la resolución que le había reconocido la sustitución de la pensión de su compañero permanente fallecido, supuestamente por no demostrar los requisitos legales exigidos para acceder a dicha prestación.
Se reitera jurisprudencia relacionada con el contenido y alcance del derecho fundamental al debido proceso administrativo y se hace una caracterización de las figuras del decaimiento y la revocatoria de los actos administrativos.
La Corte concluyó que la entidad accionada vulneró el derecho al debido proceso administrativo de la peticionaria, porque desconociendo la obligación legal de respetar su propio acto, se sustrajo a su cumplimiento con fundamento en un supuesto decaimiento que no se configuraba, y pretermitiendo con ello el trámite legal que debía agotar, bien sea de revocar el acto con consentimiento previo, expreso y escrito del afectado o en su defecto acudir a la Jurisdicción Contencioso Administrativa conforme a lo dispuesto en el artículo 97 del CPACA.
Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efectos la resolución que declaró el decaimiento y se deja en firme la que concedió la sustitución pensional.
Se precisa que lo anterior no obsta para que la entidad pueda instaurar las acciones legales que considere pertinentes, siempre que se siga el debido proceso de la tutelante, con estricto apego a lo dispuesto en el artículo 97 del CPACA y a las demás normas aplicables a la revocatoria directa de actos administrativos de carácter particular.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias de tutela proferidas el 17 de marzo de 2022 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia; y el 12 de mayo de 2022 por la Subsección A de la Sección Segunda de la misma corporación, en segunda instancia, y en su lugar AMPARAR los derechos fundamentales de Cecilia Ramírez Laíno al debido proceso administrativo.
- Segundo. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS la Resolución RDP 023645 del 9 de septiembre de 2021, y en su lugar DEJAR EN FIRME la Resolución RDP 015846 del 25 de junio de 2021 por medio de la cual se reconoció la sustitución pensional a favor de Cecilia Ramírez Laíno.
- Tercero. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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