C-806 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Alfonso Daza Gonzalez·Respondent Ley 906 De 2004 Artículos 184, 230 Y 445
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reserva legal
- Autoridades judiciales autorizadas para ordenarlo en el ámbito penal
- Requisitos
- Reserva judicial
- Protección constitucional
- Regulación sometida a reserva legal
- Carácter relativo
- Incumplimiento de los requisitos de certeza, especificidad y pertinencia en los cargos
- Aplicación en norma que autoriza el allanamiento y registro sin autorización judicial con el sólo consentimiento del propietario o tenedor del bien
- Sujeta a criterios de razonabilidad y proporcionalidad
- Competencia limitada
- Aplicación
- Medida debe ser necesaria, razonable y proporcional a la finalidad que persigue
- Excepción por consentimiento del propietario o tenedor sujeta a control posterior
- Excepción por consentimiento libre y expreso del propietario o tenedor del bien objeto del registro no vulnera la Constitución
- Constituye una excepción a la regla general
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 906 “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal” de 2004, artículos 184, 230 y 445.
Artículo 184 la admisión del recurso de casación, y la fijación de fecha para audiencia de sustentación, a la que podrán concurrir los no recurrentes para ejercer su derecho de contradicción, esta norma el demandante la considera inconstitucional debido a que el principio de oralidad solo deberá ser aplicable en la etapa del juicio.
Artículo 230 excepciones al requisito de la orden escrita de la Fiscalía General de la Nación para proceder al registro y allanamiento, cuando medie consentimiento expreso del propietario o simple tenedor del bien objeto del registro, o de quien tenga interés por ser afectado durante el procedimiento, solicita se declare inconstitucional debido a que la mencionada norma prevé la vulneración del derecho a la intimidad por parte de la Policía Judicial.
Artículo 445 clausura del debate, el aparte demandado se refiere al receso de 2 horas para anunciar el sentido del fallo por parte del Juez, el actor considera que quien debe anunciar el sentido del fallo es el jurado en las causas criminales y no el juez.
La Corte frente a los cargos formulados contra los artículos 184 y 445 se inhibe de dar un pronunciamiento de fondo por ineptitud sustantiva de los cargos planteados, respecto del cargo presentado contra el artículo 230 se entra a estudiar: la protección constitucional del derecho a la inviolabilidad del domicilio, límites constitucionales a la potestad de configuración del legislador en materia de inviolabilidad del domicilio y la exigencia de respeto del principio de proporcionalidad y, sí la autorización del morador del domicilio como excepción al requisito de orden escrita de la Fiscalía para la realización de un allanamiento es constitucional, respecto a este último planteamiento la Corte encuentra que si bien la norma esta ajustada a la Constitución es necesario un control posterior por parte del Juez de control de garantías, decide declararla exequible.
What it decided
Holdings on Ley 906/04. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse de fondo por ineptitud sustancial de la demanda contra las expresiones "se fijara fecha para la audiencia de sustentacion que se celebrara dentro de los treinta (30) dias siguientes, a la que podran concurrir," contenida en el inciso final del articulo 184, y "para anunciar el sentido del fallo", contenida en el articulo 445 de la Ley 906 de 2004.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados en esta sentencia, el numeral 1 del articulo 230 de la Ley 906 de 2004, en el entendido de que el allanamiento realizado en las circunstancias previstas en la norma, se debe someter en todo caso a control posterior del juez de control de garantias.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.