C-393 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Luis Eduardo Castellanos Avila·Respondent Ley 226 De 1995, Articulos 3, 8 Y 23 (Parciales)
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Alcance de la libertad normativa del Congreso para determinar destinatarios en condiciones especiales
- Concepto
- Especificidades de organizaciones solidarias y de trabajadores como destinatarias en condiciones especiales
- Organizaciones solidarias y de trabajadores como destinatarias en condiciones especiales
- Amparada en ley de autorización general de carácter contractual
- No requiere de ley de autorización especial
- Recursos no constituyen ingresos tributarios
- Reglas de destinación específica del 10% del producto neto no vulneran la Constitución
- Procedencia en norma sobre beneficiarios de medidas especiales en democratización de propiedad accionaria del Estado
- No pueden calificarse como organizaciones de trabajadores ni como organizaciones solidarias
- No todos constituyen organizaciones solidarias
- Debieron ser excluidos de condiciones especiales en la democratización de propiedad accionaria del Estado
- Inclusión como beneficiarios de las condiciones especiales para la adquisición de la participación social estatal no vulnera la Constitución
- Naturaleza
- No pueden considerarse en su totalidad como beneficiarios de medidas especiales en democratización de propiedad accionaria del Estado
- Constituyen organizaciones solidarias
- Inclusión como beneficiarios de condiciones especiales para la adquisición de la participación social estatal no vulnera la Constitución
- Naturaleza jurídica
- No todos constituyen organizaciones solidarias
- Concepto
- Objeto
- Participación concurrente entre el legislativo y el ejecutivo
- Reparto competencial
- Formas de autorización que comprende
- Decisión en caso de duda
- Naturaleza jurídica
- Eventos en que procede
- No sujeta a reserva de ley orgánica
- Propósito
- Jerarquía e importancia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de Inconstitucionalidad contra los artículos 3, 8 y 23 (todos parcialmente) de la Ley 226 de 1995, por la cual se desarrolla el artículo 60 de la Constitución Política en cuanto a la enajenación de la propiedad accionaría estatal, se toman medidas para su democratización y se dictan otras disposiciones.
La Corte encontró que los fondos mutuos de inversión pueden ser catalogados como organizaciones solidarias en razón del interés común que persiguen en beneficio de los trabajadores, por lo que encuadran, sin dificultad, en los presupuestos del artículo 60 de la Constitución, como encajan también los fondos de cesantías y de pensiones, no así las sociedades que los administran.
Encontró asimismo que, la elaboración por el Gobierno Nacional del plan de enajenación de acciones estatales y su trámite, en la medida que constituyen especies de contratos, configura una autorización legislativa de carácter general que no requiere una autorización legislativa de carácter especial; y concluyó que, en el caso del artículo 23, no existe una modificación de la norma orgánica por una ley ordinaria, así como tampoco contraría la regla del artículo 359 de la Constitución, según la cual, no hay rentas de destinación específica.
Se declaran EXEQUIBLES por los cargos analizados, las expresiones demandadas contenidas en los artículos 3, 8 y 23 de la ley 226 de 1995
What it decided
Holdings on Ley 226/95. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE, respecto del cargo analizado, la expresion "los fondos mutuos de inversion; los fondos de cesantias y pensiones;" contenida en el inciso
- segundo. del articulo 3deg de la Ley 226 de 1995, "Por la cual se desarrolla el articulo 60 de la Constitucion Politica en cuanto a la enajenacion de la propiedad accionaria estatal, se toman medidas para su democratizacion y se dictan otras disposiciones".
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES, respecto del cargo analizado, las expresiones "presentaran el proyecto de programa de enajenacion a consideracion del Consejo de Ministros, el cual, previo concepto favorable, lo remitira al Gobierno para su posterior aprobacion" y "debe ser presentada para su conocimiento al Congreso de la Republica durante los primeros 60 dias del ano" contenidas respectivamente en el inciso 1deg y el paragrafo del articulo 8deg de la Ley 226 de 1995.
- Tercero. Declarar EXEQUIBLES, respecto del cargo analizado, las expresiones "El 10 % del producto neto de la enajenacion de las acciones o bonos obligatoriamente convertibles en acciones" y "se invertira, por parte del Gobierno, en la ejecucion de proyectos de desarrollo regional en la misma entidad territorial, departamental o distrital en la cual este ubicada la actividad principal de la empresa cuyas acciones se enajenen.", contenidas en el articulo 23 de la Ley 226 de 1995.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.