A- de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Giraldo Porfidio·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Ciudadanos condenados a pena de prisión dejan de contar durante el castigo con un instrumento único para ejercer derecho a la defesa en virtud de jurisprudencia vigente
- Alcance único pues ningún otro instrumento judicial tiene sus características
- Curso evolutivo hacia la promoción de ciudadanos colombianos titulares de este instrumento
- No puede ser igualada materialmente por la suma de todas las demás acciones e instrumentos judiciales previstos en el ordenamiento
- Jurisprudencia actualmente aplicable aparece como indiferente a característica constitucional objetiva de la acción pública de inconstitucional
- Necesidad de actualizar entendimiento de la Constitución
- Busca sintonizar interpretación constitucional con realidad social del sistema carcelario y penitenciario para evitar perpetuación del est
- Busca ajustar entendimiento de la Constitución al estado de evolución de la acción pública
- Necesidad de abrir entendimiento de Constitución y Código Penal a corriente de pensamiento jurídico plasmada en derecho internacional de d
- Actualización de entendimiento de la Constitución para comunicarlo a la población condenada a pena de prisión
- Mantener jurisprudencia vigente sería resistirse, sin justificación suficiente, al principio evolutivo en el constitucionalismo colombiano
- Suspensión del ejercicio de derechos políticos
- No pueden perder goce efectivo de todas sus libertades, ni tampoco derecho a vivir en un Estado Constitucional
- Se les debe asegurar derecho a impugnar ante un juez las reformas constitucionales, leyes o decretos con fuerza de ley que a su juicio desborden límites previstos en la Constitución Política
- Tienen derecho a que todas las leyes se ajusten al orden jurídico superior
- Relación de especial sujeción frente al Estado
- Recurso de súplica
- No debió ser rechazada porque condena del accionante aún no se encontraba en firme
- Titularidad
- Suspensión restringe facultad de defender sus derechos y el respeto por el Estado constitucional de derecho
- Cambio de jurisprudencia
- Jurisprudencia actualmente aplicable
- No es admisible introducir restricciones basándose en derecho internacional, por prohibición clara del principio pro persona
- Restricción o excepción debe ser expresamente definida en la Constitución
- Restricción tiene impacto negativo sobre otros derechos fundamentales, y por falta de justificación existe razón para introducir cambio de jurisprudencia
- Suspensión tiene como efecto privar al ciudadano de un recurso judicial único e insustituible
- Ejercicio de derecho político
- Ejercicio del derecho de acceso a la administración de justicia
- Ciudadanía como única condición necesaria y suficiente para ejércelo
- Titularidad
- Titularidad y ejercicio
- Tendencia hacia la remoción de barreras que impedían a nacionales colombianos mayores de edad, el ejercicio como derecho político
- Forma de contribuir a remover causas que condujeron al estado de cosas inconstitucional
- Resulta no solo importante sino que incluso puede considerarse suficiente dentro del actual marco constitucional
- Reconocimiento en justa medida del universo de titulares de la acción pública
- Relación directa con causas que propiciaron estado de cosas inconstitucional en cárceles y penitenciarías
- Jurisprudencia de Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Oportunidad
- Conceder recurso de suplica
- Incompatible con fundamentos de sociedad democrática
- Tendencia expansiva
- Tendencia restrictiva
- Razones para cambiar jurisprudencia
- Cambio de jurisprudencia
- Contexto normativo
- Adquisición, pérdida y suspensión
- Funcional a su resocialización
- Jurisprudencia constitucional
- Confiere derechos políticos
- Suspensión del ejercicio de derechos políticos como consecuencia de sentencia condenatoria
- Atributos de democracia constitucional colombiana
- Características de toda sociedad democrática
- Deben ajustarse a fin de resocialización
- Derecho político susceptible de ejercerse únicamente por quienes hayan alcanzado la ciudadanía y estén en ejercicio de ella según sentencia C-536/98
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Opuesto radicalmente a fin de resocialización que persiguen penas en ordenamiento colombiano
- Supone alto sacrificio significativo en términos subjetivos y objetivos
- Progresiva extensión a todos los ciudadanos colombianos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica contra el auto que rechazó la demanda de la referencia, bajo el supuesto de que los actores, al estar condenados a pena de prisión, estaban inhabilitados para ejercer el derecho político de presentar acciones públicas de inconstitucionalidad.
Con idénticos argumentos a los esbozados en el Auto 241/15, la Sala Plena decide REVOCAR el auto de rechazo en lo que atañe a la demanda del expediente D-10065 y ordenar su remisión al magistrado sustanciador inicial, para que surta de nuevo el proceso de admisión, pero de conformidad con el presente auto.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el auto de rechazo expedido el 10 de febrero de 2014 por el Magistrado sustanciador, en lo que atane a la decision sobre la demanda del ciudadano Porfidio Giraldo Ospina, en el expediente D-10065. DESACUMULAR el expediente D-10066 y reafirmar el archivo de la misma, conforme se resolvio en el auto del 10 de febrero de 2014. REMITIR la demanda de la referencia (expediente D-10065) al magistrado sustanciador inicial para que surta de nuevo el proceso de admision de la demanda de conformidad con el presente auto.
- Segundo. Comunicar el contenido de esta decision al recurrente.
- Comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.