T-894 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Constanza Rios Rojas Vs. Alcaldía De Neiva
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso de vivienda en grave estado y peligro inminente de familia
- Fundamental si vulnera derechos individuales
- Orden para reubicar vivienda
- Fundamentales y prevalentes
- Exigibilidad de ahorro previo y excepciones
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida los niños y a la vivienda digna de grupo familiar integrado por cinco menores de edad de los cuales uno de ellos se encuentra afectado por el síndrome de down que habita en zona calificada por la alcaldia como de amenaza alta de erosion y movimientos en masa.
Solicita la reubicación en un programa de vivienda del municipio.
Derecho de los niños fundamental y prevalente.
Especial protección a los menores con discapacidad.
Proteccion reforzada.
El derecho a la vivienda digna como fundamental.
El subsidio familiar de vivienda.
Exigibilidad del ahorro previo y sus excepciones y prioridades para su asignación.
Normatividad que rige el subsidio familiar de vivienda.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias de tutela del diez (10) de marzo de 2005, proferida por el Juzgado
- Segundo. (2º) Penal Municipal de Neiva y el veintiocho (28) de abril de 2005, por el Juzgado
- Tercero. (3º) Penal del Circuito de Neiva, en segunda instancia, dentro del proceso de tutela de Constanza Ríos Rojas en nombre propio y en representación de sus menores hijos, Yeison Andrés Arias Ríos, Lina María Arias Ríos, Nelson Ferney Arias Ríos, Jhon Faiber Bravo Ríos y Wendy Lorena Bravo Ríos, contra la Alcaldía de Neiva y en su lugar CONCEDER la tutela de los derechos invocados por la accionante.
- Segundo. ORDENAR a la Alcaldía de Neiva que, si aún no lo ha hecho, proceda en el término de sesenta (60) días, contados a partir de la notificación del presente fallo, a reubicar la vivienda de la señora Constanza Ríos Rojas y de su grupo familiar, en los términos establecidos en las normas que le son aplicables, en aras de salvaguardar los derechos fundamentales que se consideran vulnerados.
- Tercero. Por secretaría efectúese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.