T-758 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Humberto Antonio Sierra Porto
✓Claimant Fernando Aristizabal Londoño Vs. Secretaria De Salud Publica Municipal De Cali Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Responsabilidad en atención en salud de las personas vinculadas al sistema general de seguridad social
- Improcedencia por no vulneración derechos fundamentales
- No asignación de ARS no afecta la atención que ya está siendo suministrada por la HUV
- El interesado debe requerir previamente a la entidad prestadora de servicios en salud
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud la seguridad social y a la vida de persona que no se encuentra vinculado al sistema de seguridad social en salud bajo ninguna de sus modalidades y a quien le fue diagnosticado vih y se le ha negado la atencion medica habiéndole sido formulados examenes cd4/cd8 para establecer el desarrollo de su enfermedad.
Solicita se ordene la asignacion de una ars que lo atienda y que le asegure la atencion medica requerida.
Responsabilidad de las entidades territoriales en la atención en salud de las personas vinculadas al sistema general de seguridad social.
Puede interponerse la acción de tutela de manera directa sin haber reclamado de manera directa y previa la prestación de los servicios a la entidad que ahora se demanda.
El accionante acudió a la acción de tutela sin previamente haber reclamado de la entidad accionada la prestación de los servicios médicos que requiere en virtud de la enfermedad que padece.
La sala advierte que de los hechos expuestos en este caso así como de las pruebas que obran en el mismo no se aprecia vulneración de los derechos fundamentales del accionante.
Negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REANUDAR los términos suspendidos por esta Sala de Revisión en Auto del 11 de mayo de 2006.
- Segundo. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Veinticuatro Penal Municipal de Cali, el cual en sentencia del 23 de diciembre de 2005, por las consideraciones aquí expuestas.
- Tercero. En consonancia con la parte motiva, esta Sala de Revisión considera pertinente adoptar las siguientes ordenes, vistas las especiales circunstancias del caso en concreto. Para garantizar la prestación en salud que requiera el actor futuro, la Secretaria de Salud Departamental, deberá dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, comunicar esta decisión al Hospital Universitario del Valle (HUV) de la ciudad de Cali, así como a las Secretarias de Salud de los diferentes municipios del Departamento y a todas aquellas instituciones privadas que tengan contrato con el Estado para la prestación de servicios médicos con cargo de los recursos a la oferta, para que presten al señor Aristizabal Londoño, sin importar en que momento solicite sus servicios, la asistencia que requiera.
- De la misma manera, y sin importar el momento en que el accionante se entere de esta providencia, la Oficina de Trabajo Social del Hospital Universitario del Valle o la misma Secretaría de Salud del Departamento, informarán al actor que deberá suministrar con exactitud su domicilio actual y a futuro, así como el cambio del mismo si ello llegare a ocurrir, a efectos de poder tener inmediato contacto con él para la atención médica que requiera, y para que sea posible su futura vinculación al régimen de salud subsidiado a través de una A.R.S.
- Finalmente, se delegará en el juez de conocimiento, la verificación en el cumplimiento pleno de esta sentencia y de las ordenes impartidas en la misma.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.