JurídicoESEN
Tutela ruling (T)October 7, 1999

T-749 de 1999

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra

✓Claimant Carlos Arturo Restrepo Hernandez

✓
Topic · hard data
Debido Proceso. Via De Hecho. Omision De La Sentencia Del Tribunal Para Pronunciarse Sobre La Homonimia. Homicidio Cometido Por Un Homonimo. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Via De Hecho En Grado De Consulta
  • Omisión de pronunciamiento sobre homonimia en asunto penal
Consulta
  • Facultad del superior para revisar íntegramente fallo del inferior
Derecho A La Libertad Personal
  • Eficacia de la tutela para la protección
Via De Hecho En Proceso Penal
  • No pronunciamiento sobre identidad del procesado
4 topics · 4 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (7 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del Consejo Seccional de la Judicatura de Santafé de Bogotá, Cundinamarca y Amazonas, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, de fecha veintinueve (29) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999), en la acción de tutela presentada por Carlos Arturo Restrepo Hernández contra el Tribunal Nacional. En consecuencia, se concede la tutela pedida.
  2. Para tal efecto, y por las razones expuestas, se ordena que la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas después de que se le notifique de esta sentencia, disponga todo lo que sea pertinente, para lograr que, si lo estima conveniente, decrete las pruebas correspondientes, y profiera la sentencia complementaria respectiva. En todo caso, la sentencia complementaria debe producirse en un plazo no mayor a veinte (20) días, contados desde la notificación respectiva.
  3. Es claro, que si la Sala Penal del Tribunal concluye que efectivamente se trata de un homónimo, en la sentencia correspondiente se debe ordenar la libertad inmediata del Carlos Arturo Restrepo Hernández que se encuentra condenado en la cárcel de Bellavista, en la ciudad de Medellín.
  4. De la sentencia complementaria, el Tribunal enviará copia a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que haga parte del recurso de casación.
  5. Segundo. Por las razones expuestas, la Secretaría General de la Corte enviará copia de esta sentencia a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
  6. Tercero. Por las razones expuestas, se solicitará la intervención de la Procuraduría General de la Nación, a la que se le remitirá copia de esta sentencia.
  7. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.