T-744 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Blanca Patricia Villegas De La Puente·Respondent Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Ambito de protección y acceso a los servicios de salud que requieran
- Vulneración por cuanto el INPEC no le ha brindado atención médica adecuada para su enfermedad mental ni ha ordenado su traslado a una institución psiquiátrica
- Atención oportuna, idónea, eficaz y continua
- Goza de mayor o menor restricción de acuerdo a las circunstancias específicas
- Relación especial de sujeción con el Estado
- Relación de especial sujeción entre el Estado y las personas privadas de la libertad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida, salud, dignidad, igualdad.
La Defensoría del Pueblo actúa en representación del señor Edward Barrios quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Combita, el representado presenta un delicado estado de salud y el médico del Establecimiento, recomendó remitirlo a una institución de salud psiquiatrica del circuito penitenciario, la Defensoría del Pueblo, ha solicitado al INPEC, que con carácter urgente, adopte las medidas necesarias para proteger la vida e integridad del interno ante lo cual la institución ha hecho caso omiso, por lo tanto se solicita que se disponga la reubicación del recluso en un centro de rehabilitación de salud mental, cerca de su núcleo familiar.
La Sala hace reiteración de jurisprudencia sobre, la relación de especial sujeción en la que se encuentran los reclusos con relación al Estado y la garantía de los derechos fundamentales de quienes están privados de la libertad, recluidos en un centro penitenciario o carcelario, y se hace énfasis en el derecho a la salud que les asiste, se concluye que los derechos del actor han sido vulnerados por lo tanto se ordena que sea trasladado a un unidad de salud mental, que pueda brindarle las mejores condiciones en la prestación del tratamiento que requiera el recluso.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida, el 24 de marzo de 2009, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, por la cual se TUTELO el derecho fundamental a la salud del senor Edward Orlando Barrios Arias.
- Segundo. MODIFICAR el numeral
- segundo. de la sentencia proferida el 24 de marzo de 2009, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca y, en su lugar, ORDENAR al Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-, que, a traves del director del Establecimiento Penitenciario en el que se encuentre recluido el senor Edward Orlando Barrios Arias que, conforme con el concepto medico legal de su estado de salud mental, ordenado por el numeral
- primero. de la misma providencia, y de encontrarse procedente, inmediatamente, tome todas las medidas necesarias para que sea trasladado a la institucion medica mas idonea y especializada, que pueda proporcionarle el tratamiento que requiere para su enfermedad, conforme con lo establecido para el efecto en el articulo 107 de la Ley 65 de 1993.
- Tercero. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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