T-607 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Martha Ruby Paramo Y Otros Vs. Registraduria Nacional Del Estado Civil
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Contraseña no sirve de excusa para no expedir prontamente el documento
- Finalidad
- Vulneración por no expedición de cédula de ciudadanía
- Vulneración por no expedición de cédula de ciudadanía
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por los despachos judiciales que decidieron las acciones de tutela de que tratan los expedientes T-581423, T-581699, T-582351, T-587784, T-588238, T-593186.
- Segundo. CONCEDER las tutelas interpuestas por los actores Martha Ruby Páramo, Ana de Dios Suárez Carvajal, Edgar Felipe Amaya Vega, Luis Enrique Méndez Tovar, Bernardo Arturo Taborda Pemberthy y Jaime Guarnizo Ortiz contra la Registraduría Nacional del Estado Civil, y en consecuencia, ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil que en el término de cuarenta y ocho horas (48), contadas a partir de la notificación de esta providencia, inicie los trámites y procedimientos necesarios para que en un término no superior a sesenta días (60), entregue a los accionantes su cédula de ciudadanía.
- Tercero. REMITIR a cada uno de los jueces que en única instancia resolvieron las acciones de tutela en referencia copia de la Sentencia T-964 de 2001, con el propósito que adecuen su fallo en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. PREVENIR a la Registraduría Nacional del Estado Civil, para que adopte las medidas necesarias a fin de evitar situaciones como las planteadas por los demandantes, de tal suerte que la entrega del documento de identidad de los ciudadanos, siempre, se realice a la mayor brevedad, sin desmedro de sus derechos fundamentales, y teniendo en cuenta para el efecto, la motivación y las decisiones contenidas en esta sentencia.
- Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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