JurídicoESEN
Tutela ruling (T)September 7, 1993

T-375 de 1993

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo

✓Claimant Elias Lozano

✓
Topic · hard data
Derecho De Peticion. Silencio Administrativo. Pension De Jubilacion. Indemnizacion De Perjuicios. Caja Nal De Prevision. Concedida Parcialmente.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR el punto
  2. primero. de la parte resolutiva de la sentencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá -Sala Penal- el 2 de abril de 1993 al resolver sobre la impugnación formulada contra el fallo pronunciado el 18 de marzo del mismo año por el Juzgado 39 Penal del Circuito, mediante el cual se resolvió sobre la tutela instaurada por ELIAS LOZANO PEÑA.
  3. Segundo. CONFIRMAR el punto
  4. segundo. de la parte resolutiva de la sentencia dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Santafé de Bogotá el 2 de abril de 1993, excepto en lo que concierne a las expresiones "SOLIDARIAMENTE", "...y a la doctora LUZ MARLEN ARIZA", las cuales se revocan.
  5. Tercero. CONFIRMAR el punto
  6. tercero. de la parte resolutiva del fallo de segunda instancia y CONFIRMAR, por tanto, en todas sus partes la sentencia proferida en primera instancia por el Juzgado 39 Penal del Circuito de Santafé de Bogotá.
  7. Cuarto. ORDENAR que se remita copia del expediente a la Procuraduría General de la Nación para lo de su cargo y PREVENIR a la Directora de la Caja Nacional de Previsión Social -CAJANAL- en el sentido de que la injustificada mora y la desorganización interna en lo referente al trámite de las peticiones elevadas ante ese organismo son violatorias del derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución y ponen en grave peligro el ejercicio de otros derechos y aun la subsistencia y la salud de los peticionarios de pensiones, motivo por el cual deberán adoptarse los mecanismos necesarios para que la Caja cumpla cabalmente los principios de igualdad, economía, eficacia y celeridad que deben inspirar la función administrativa según lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución. Notifíquesele esta providencia personalmente.
  8. Quinto. La Secretaría de la Corte procederá a desglosar los documentos provenientes del Juzgado 61 del Circuito de Santafé de Bogotá referentes a un proceso distinto del presente para que sean incorporados en el expediente que corresponda.
  9. Sexto. LIBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.