T-362 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Sanchez Abello Nicolay·Respondent Sociedad Fiduciaria De Desarrollo Agropecuario S.A. Fiduagraria S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial y no acreditar perjuicio irremediable
- Reglas jurisprudenciales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
En este caso se pretende con la acción de tutela que el juez constitucional disponga que la accionada debe indexar unos valores y pagar las costas que se ordenaron cancelar en el acto administrativo que definió unas prestaciones sociales en el marco del proceso liquidatorio del ISS.
Al verificar los presupuestos de procedencia de la acción de tutela, La Corte concluyó que no se acreditó el requisito de subsidiariedad, toda vez que la actora no interpuso en tiempo y ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo el correspondiente recurso y e no se acreditó el acaecimiento de un perjuicio irremediable.
Con base en lo anterior se declaró la IMPROCEDENCIA del amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, la sentencia de la Sala Primera Civil de Decisión del Tribunal Superior de Bogotá del 14 de diciembre de 2021 que, a su vez, confirmó la sentencia proferida por el Juzgado Treinta y Nueve Civil del Circuito de Bogotá, del 1° de diciembre de 2021, que declaró improcedente el amparo solicitado por el señor Nicolay Sánchez Abello contra del Patrimonio Autónomo de Remanentes del Instituto de Seguros Sociales en Liquidación y Fiduagraria S.A.
- Segundo. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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