T-351 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Hernán Leandro Correa Cardozo
✓Claimant Akerman Yohir·Respondent De La Espriella Abelardo
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por incumplir requisito de subsidiariedad y legitimación en la causa por pasiva
- Corresponde al juez constitucional, examinar en cada caso concreto la situación de indefensión frente a internet y a las redes sociales
- Parámetros para determinar relevancia constitucional
- Personas naturales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El periodista accionante acusa al abogado accionado de vulnerar sus derechos fundamentales a la intimidad y al habeas datas, así como las libertades de expresión e información, con ocasión de tres mensajes que el accionado publicó, desde el perfil de su firma de abogados, en la red social Twitter, con información personal y difamatoria del accionante, en represalia por la publicación de una columna de opinión.
Según el criterio del peticionario, dichos tuits se dirigieron a atacar su integridad personal y dignidad humana al referirse a asuntos que pertenecían a la esfera íntima de su vida, especialmente, a su orientación sexual, salud reproductiva y vida afectiva, además de resultar irresponsables, peligrosas, tendenciosas y reproducen discursos de odio en contra de la comunidad LGTBIQ+.
Luego de revisar los presupuestos de procedibilidad de la acción de tutela en materia de libertad de expresión en las redes sociales, cuando se trata de trasgresiones entre particulares, la Corte encontró que el amparo es IMPROCEDENTE porque no superó los requisitos de legitimación por pasiva y subsidiariedad.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo adoptado, el 27 de octubre de 2021, por el Juzgado Veintisiete Civil del Circuito de Bogotá, que confirmó la sentencia dictada el 5 de octubre de 2021, por el Juzgado
- Octavo. de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Bogotá, que negó las pretensiones invocadas.
- SEGUNDO. DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela, por las razones expuestas en esta providencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, LÍBRESE la comunicación a que alude el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.