T-274 de 2001
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Jesus Antonio Angarita Angarita Vs. Ministerio De Hacienda Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Discriminación entre empleados judiciales por régimen de cesantías parciales
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Resolución sobre cesantías parciales
- Cambio de legislación
- Reconocimiento
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. MODIFICAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Ibague. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la igualdad y peticion.
- Segundo. ORDENAR a la Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial de la Seccional Tolima, para que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, proceda, si aun no lo ha hecho, a resolver en uno u otro sentido, es decir, reconociendo o negando la solicitud de reconocimiento y pago de cesantias parciales solicitadas por el peticionario Jesus Antonio Angarita Angarita.
- En el evento en que la autoridad arriba senalada profiera resolucion ordenando el reconocimiento y pago de cesantias parciales, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, a mas tardar, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, debera situar, si ya no lo hubiere hecho, los fondos indispensables para el pago de las cesantias parciales solicitadas por el peticionario junto con su correspondiente indexacion, siempre que hubiere apropiacion presupuestal suficiente.
- Si no hubiere apropiacion presupuestal, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico debera iniciar los tramites indispensables a fin de efectuar las pertinentes adiciones presupuestales.
- Tercero. ORDENAR a la Direccion Ejecutiva de Administracion Judicial, Seccional Tolima, que, a mas tardar dentro de los cinco (5) dias siguientes al momento en que el Ministerio de Hacienda y Credito Publico situe los fondos respectivos, proceda, si ya no lo hubiere hecho, al pago de las cesantias parciales que se adeudan al actor, indexando la suma debida, tal como lo dispuso la sentencia SU-400 del 28 de agosto de 1997, proferida por la Sala Plena de esta Corporacion.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.