T-218 de 1998
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Fabio Morón Díaz
✓Claimant Jorge Armesto Serpa Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Actuación oportuna y eficaz por autoridades
- Medidas de reubicación para habitantes de zonas de alto riesgo
- Prevención de desastres que afecten habitantes de zonas de alto riesgo
- Primacía para la efectividad de los derechos fundamentales
- No es ejecutor del gasto
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Atlántico el 29 de septiembre de 1997 y, en su lugar, TUTELAR, en favor de los señores JORGE ARMESTO SERPA y CLIMACO VARGAS y de sus respectivas familias, los derechos a la vida, a la salud, a la vivienda digna y al ambiente sano.
- Segundo. ORDENAR al Alcalde del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla que si todavía no lo ha hecho, dentro del término de quince (15) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, proceda a elaborar y a poner en práctica, en coordinación con las pertinentes autoridades de ese Distrito, un plan de acción específico para enfrentar las situaciones de desastre que se puedan presentar en el sector donde habitan los demandantes, durante las temporadas invernales que tengan lugar hasta el día en que la administración culmine las obras que tiene proyectado realizar.
- Tercero. ORDENAR al Alcalde Distrital de Barranquilla y al Gerente de FONVISOCIAL que, si todavía no han procedido a ello, en coordinación con las autoridades pertinentes, tomen las medidas necesarias para reubicar a los señores JORGE ARMESTO SERPA y CLIMACO VARGAS, así como a sus respectivas familias, a la mayor brevedad posible y sin exceder, en cualquier caso, el término de un (1) mes, contado a partir de la notificación de la presente providencia.
- Cuarto. El cumplimiento de las medidas dispuestas en los anteriores numerales será comunicado a los obligados por el Tribunal Administrativo del Atlántico, que ejercerá estricta vigilancia sobre su ejecución.
- Quinto. ENVIAR copia de esta sentencia a la Defensoría del Pueblo.
- Sexto. LIBRESE, por Secretaría, la comunicación a la que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.