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Tutela ruling (T)June 12, 2024

T-217 de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Fernando·Respondent Inpec

✓
Topic · hard data
Derecho A La Salud (Continuidad En La Atención Médica Y Acceso A Tratamiento)-Persona Privada De La Libertada Con Vih/Sida. Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Reiteración Jurisprudencial.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud De Personas Privadas De La Libertad
  • Marco normativo
  • Vulneración por indebida prestación de servicios de salud integral a enfermo de VIH/SIDA
  • Protección constitucional
  • Responsabilidad del Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario
  • Entidades encargadas de la prestación de los servicios de salud
Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado
  • El tratamiento requerido por accionante le está siendo suministrado de manera efectiva
  • Reiteración de jurisprudencia
3 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante tiene VIH y se encuentra privado de la libertad.

Interpuso la acción de tutela porque consideró que la entidad no actuó diligentemente luego de que informara sobre su diagnóstico y que llevaba dos meses sin el correspondiente tratamiento retroviral (TAR).

Se analizó temática relacionada con el derecho fundamental a la salud de las personas privadas de la libertad y sobre la precitada garantía constitucional y especial protección de las personas que viven con VIH/SIDA.

Como en sede de revisión se constató que el peticionario fue valorado por el especialista en infectología y que le fue entregado regularmente el tratamiento requerido, se declaró la carencia actual de objeto por HECHO SUPERADO.

No obstante, se advirtió a las accionadas que deben asegurar al peticionario la continuidad de su tratamiento y la entrega de medicamentos, de modo que el mismo no vuelva a ser interrumpido.

Se resolvió enviar copia de este fallo a la Sala de Seguimiento de las Sentencias SU.122/22, T-388/13 y T-762/15 de la Corporación.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR el numeral
  2. primero. de la parte resolutiva de la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Cuarto. de Familia de Oralidad del Distrito Judicial de Cúcuta, el 25 de septiembre de 2023, por medio del cual negó el amparo del derecho a la salud. En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado.
  4. SEGUNDO. ADVERTIR al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, al Complejo Carcelario y Penitenciario de Cúcuta, Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, y, Fiduciaria Central SA que deben asegurar al actor la continuidad de su tratamiento y la entrega de medicamentos, de modo que el mismo no vuelva a ser interrumpido.
  5. TERCERO. ORDENAR al Complejo Carcelario y Penitenciario de Cúcuta que, dentro del día siguiente a la notificación de esta providencia, informe al actor su derecho a interponer nuevamente una acción de tutela, si el tratamiento vuelve a interrumpirse.
  6. CUARTO. LLAMAR LA ATENCIÓN al Juzgado
  7. Cuarto. de Familia de Oralidad del Distrito Judicial de Cúcuta por no haber respondido al auto de pruebas y EXHORTARLO para que, en adelante, responda todas las solicitudes que le sean formuladas en el marco de una acción de tutela.
  8. QUINTO. REMITIR copia de esta providencia a la Sala de Seguimiento de las Sentencias SU-122 de 2022, T-388 de 2013 y T-762 de 2015 de esta Corporación.
  9. SEXTO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.