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Tutela ruling (T)April 20, 2015

T-197 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez

✓Claimant Esther Ludivia Davila Ruiz·Respondent Unidad Administrativa Especial Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Reparacion Integral De Las Victimas
  • Elementos
  • Parámetros constitucionales
Accion De Tutela Contra La Unidad Administrativa Para La Atencion Y Reparacion Integral De Las Victimas
  • Improcedencia de reconocimiento de indemnización, por cuanto no se cumple con el requisito de inmediatez
  • Orden a la UARIV instruir a la peticionaria de los mecanismos para obtener la proporción que le corresponde de la reparación individual por vía adminis
Indemnizacion Por Via Administrativa Para Victimas De Desplazamiento Forzado
  • Constituye tan solo un componente de la reparación integral para las víctimas
4 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se atribuye a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la vida digna y a la reparación individual por vía administrativa, en tanto le negó a la actora el reconocimiento y pago de la indemnización como víctima indirecta del conflicto armado, con ocasión del homicidio de su esposo, argumentando que no era posible la doble reparación por un mismo hecho victimizante, toda vez que la referida prestación ya se había entregado previamente, en un 100%, a la compañera permanente e hijo de la víctima.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

El derecho a las víctimas a la reparación integral. 2º.

Objeto, principios y derechos de las víctimas según la Ley 1448 de 2011.

Marco jurídico del derecho a la reparación integral a las víctimas y, 3º.

Indemnización como componente de la reparación administrativa.

A pesar de confirmar las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE la acción de tutela, se ordena a la accionada informar a la actora sobre los mecanismos legales y autoridades competentes para iniciar las acciones civiles y, si es necesario, penales, para obtener de parte de los beneficiarios de la indemnización, las sumas de dinero por concepto de reparación por vía administrativa a la que tiene derecho.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. CONFIRMAR la Sentencia del 6 de diciembre de 2013, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, Quindio, que confirmo el fallo de primera instancia dictado el 17 de enero de 2014 por el Juzgado Civil del Circuito de Calarca, Quindio, por medio del cual se declaro improcedente la accion de tutela presentada por Esther Ludivia Davila Ruiz contra la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
  2. Segundo. ORDENAR a la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas que instruya a la peticionaria de los mecanismos legales y las autoridades competentes para obtener de parte de la senora Silvia Selene Marin Nieto y de su hijo Luis Felipe Puerta Marin, la proporcion que le corresponde de la reparacion individual por via administrativa entregada en virtud de la Resolucion 03756 del 21 de julio de 2011.
  3. Tercero. ADVERTIR a la Unidad para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas que, cuando cualquier victima del conflicto armado solicite el reconocimiento y pago reparacion individual y ella haya sido pagada previamente a otros beneficiarios, dependiendo de las condiciones de urgencia de cada caso debera: (i) reconocer y pagar directamente la reparacion individual al solicitante, asegurandose de obtener el reembolso de las sumas pagadas en exceso a los primeros favorecidos; (ii) exigir el reembolso voluntario o administrativo de parte de los primeros beneficiarios, para posteriormente asignarlo a los segundos o (iii) instruir a las personas acerca de los mecanismos legales y las autoridades competentes para exigir de parte de los primeros favorecidos, la parte que les corresponde.
  4. Cuarto. LIBRESE por secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.