T-1629 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Claimant Nixon Benitez Santoya Vs. Municipio De Turbaco
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
- Pago oportuno de salarios
- Fundamental
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por, el Tribunal Administrativo de Bolívar de fecha 8 de mayo de 2000 y por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda -Subsección A- del Consejo de Estado del 6 de julio de 2000 y en su lugar, CONCEDER la tutela por violación de los derechos al trabajo y al pago oportuno del salario por afectación del mínimo vital del señor Nixon Benítez Santoya.
- Segundo. ORDENAR al señor Alcalde Municipal del Municipio de Turbaco (Bolívar), que si no lo hubiere hecho ya, en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente providencia, proceda a cancelar la totalidad de los salarios adeudados al actor. Si ante el juez de primera instancia del presente proceso se probare fehacientemente que no existe disponibilidad presupuestal para atender de inmediato la totalidad de los pagos, el indicado plazo se concede para iniciar los trámites presupuestales pertinentes, informando a dicha autoridad judicial sobre las gestiones que se realicen, para que todas las sumas adeudadas se paguen en el término máximo de tres (3) meses.
- Tercero. El desacato a lo ordenado en esta providencia, se sancionará de conformidad con lo señalado en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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