T-156 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Diana Marcela Martinez Como Agente Oficiosa De Jaime Salazar Restrepo·Respondent Colpensiones Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Faceta prestacional
- Implicaciones de la falta de pago de las incapacidades al trabajador
- Requisitos de procedibilidad
- Orden a Colpensiones que, en caso que el actor continúe incapacitado, reconozca y cancele las incapacidades correspondientes
- Orden a EPS reconocer y cancelar incapacidades adeudadas
- Puede señalar transitoriamente un responsable provisional para el pago de las incapacidades
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se alega que las entidades accionadas vulneraron derechos fundamentales del actor, por la falta de reconocimiento y pago de las incapacidades adeudadas luego de cumplir el día 181 en dicho estado.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
La responsabilidad del reconocimiento y pago delas incapacidades laborales por enfermedad común que superan los 180 días y, 2º.
Las implicaciones de la falta de pago de las incapacidades al trabajador.
Se CONCEDE la protección de los derechos a la seguridad social y al mínimo vital.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (13 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Armenia, del
- primero. (01) de septiembre de 2014, en la que se negó el amparo de los derechos del accionante, para en cambio, CONCEDER la protección de los derechos a la seguridad social y mínimo vital del accionante.
- SEGUNDO. ORDENAR a Cafesalud EPS que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir de la notificación de esta sentencia, adelante los trámites pertinentes para reconocer y cancelar las incapacidades adeudadas al señor Jaime Salazar Restrepo desde el pago de la última incapacidad y hasta la fecha de emisión del concepto de rehabilitación.
- TERCERO. ORDENAR a Colpensiones que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificación de esta sentencia, evalúe la situación del actor y, en caso de existir incapacidades posteriores al envío del concepto de rehabilitación por parte de la EPS, proceda a iniciar los trámites pertinentes para reconocerlas y cancelarlas, sin oponer nuevas trabas administrativas.
- CUARTO. ORDENAR a Colpensiones que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 23 del Decreto 2463 de 2001 y el artículo 142 del Decreto Ley 019 de 2012, realice las actuaciones correspondientes respecto de la evaluación de pérdida de capacidad laboral del actor.
- QUINTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
- Magistrado
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- ANDRÉS MUTIS VANEGAS
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.