T-036 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Aleida Maria Arredondo Arenas·Respondent Accion Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Sujetos de especial protección constitucional
- Procedencia
- Temporalidad debe ser flexible y no estar sujeta a plazos inexorables
- Presunción constitucional para prorroga automática de la ayuda humanitaria de emergencia a favor de las mujeres desplazadas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, vida digna, mínimo vital, igualdad.
La demandante es víctima del desplazamiento forzado junto con su núcleo familiar, el cual está integrado por su señora madre y dos hermanas que se encuentran en situación de discapacidad.
Por encontrarse inscrita en el RUPD solicitó prórroga de la ayuda humanitaria y como respuesta a esta petición, obtuvo la adjudicación de un turno.
La actora aduce que le ha sido imposible conseguir el sustento para vivir dignamente con su familia, que no ha logrado estabilidad socioeconómica y que carece de empleo o de otros medios para salir de la crítica situación en la que se encuentran.
La Sala encuentra que la entidad demandada no dio una respuesta efectiva a la petición de la actora, así como tampoco reaccionó ante su vulnerabilidad en su condición de mujer desplazada y cabeza de familia que tiene a cargo un adulto mayor y dos personas en situación de discapacidad, que la hace merecedora de una especial protección.
Se TUTELAN los derechos de la demandante y se ordena a la entidad accionada prorrogar la ayuda humanitaria de emergencia, entregando de manera completa los componentes previstos en la ley.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellin, Sala de Decision Civil, en junio 28 de 2011, que a su vez confirmo el dictado por el Juzgado Trece Civil del Circuito de la misma ciudad en mayo 20 de dicho ano, negando la tutela pedida por Aleida Maria Arredondo Arenas contra la entonces Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional, Accion Social. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, la vida digna, el minimo vital y la igualdad de la demandante y su grupo familiar.
- Segundo. ORDENAR al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social , por conducto de su Director o quien haga sus veces, que si aun no lo ha realizado, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, prorrogue la ayuda humanitaria de emergencia (AHE) y le entregue de manera completa, en la forma indicada en la parte motiva de este fallo, los componentes previstos en la ley, a la senora Aleida Maria Arredondo Arenas, a su senora madre Libia Rosa Arenas de Arredondo y a sus hermanas Nubia del Socorro y Rosa Maria Arrendondo Arenas, y las inscriba dentro de los programas contemplados en los autos 092 de 2008, 251 de 2008 y 006 de 2009.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.