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Constitutional review ruling (C)July 12, 2006Full bench

C-530 de 2006

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jaime Araujo Rentería

✓Claimant Damaris Rojas Herrera

✓
Topic · hard data
Rentabilidad Minima En Pensiones. No Vulneración Del Derecho Al Pago Oportuno Y Reajuste Periódico De Las Pensiones
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Administradora Del Regimen De Ahorro Individual Con Solidaridad
  • Reembolso de saldo de cuentas individuales en caso de disolución o liquidación sin sobrepasar 100% de cotizaciones obligatorias con intereses y rendimientos
Regimen De Ahorro Individual Con Solidaridad
  • Concepto
  • Características
  • Mecanismos para mantener valor constante
Libertad De Configuracion Legislativa En Seguridad Social
  • Establecimiento de medios para que recursos destinados a pensiones mantengan poder adquisitivo constante
Pensiones
  • Reajuste
Rentabilidad Minima En Pensiones
  • No vulneración del derecho al pago oportuno y reajuste periódico de las pensiones
Rentabilidad Minima En Regimen De Ahorro Individual Con Solidaridad
  • No es el único medio para que recursos destinados a pensiones mantengan poder adquisitivo constante
Seguridad Social
  • Servicio público de carácter obligatorio y derecho irrenunciable
8 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ley 100 de 1.993 artículos 99 (parcial) y 101 (parcial).

Se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones.

Garantías y rentabilidad mínima en las sociedades administradoras de fondos de pensiones.

La demandante considera que la norma acusada viola los artículos 48 y 53 de la constitución política.

Exequibilidad de las normas demandadas.

Los conceptos de rentabilidad mínima y de mantenimiento del poder adquisitivo constante de la moneda frente a la inflación de la economía son distintos y pueden coincidir o no.

Por consiguiente la consagración de una rentabilidad mínima de las cotizaciones depositadas en las cuentas de ahorro pensional individual de los afiliados al sistema general de pensiones teniendo en cuenta los rendimientos del mercado financiero no genera por sí misma el mantenimiento del poder adquisitivo constante de aquellas.

En este orden de ideas así como dicha rentabilidad puede ser inferior a este último también puede ser igual o superior al mismo.

La corte encuentra que dicha garantía de rentabilidad mínima es uno de los posibles medios aunque no el único que consagra la regulación legal del sistema de seguridad social integral para que los recursos destinados a pensiones mantengan su poder adquisitivo constante como lo exige el art. 48 superior los cuales son razonables e idóneos.

Libertad de configuración en materia de seguridad social del legislador.

La garantía de rentabilidad mínima consagrada en el art. 101 de la ley 100 de 1993 no vulnera el mandato del art. 53 superior en virtud del cual el estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales pues estos últimos comprenden el valor constante de las pensiones reconocidas.

Exequibles

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 100/93. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 101Ley 100/93UPHELD
Art. 99Ley 100/93UPHELD
2 holdings · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. DECLARAR EXEQUIBLES los apartes demandados contenidos en los Arts. 99 y 101 de la Ley 100 de 1993, por los cargos examinados en esta sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.