T-999 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Adriana Garcia Alfonso·Respondent Sociedad De Trofeos A. Rodrigez B. Ltda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deber del empleador de efectuar oportunamente el pago de los aportes al sistema de seguridad social
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida, salud, protección especial de las mujeres embarazadas.
La accionante solicita se ordene a su empleador efectuar los pagos al Sistema General de Seguridad Social, comenta que se encuentra en estado de embarazo y no le ha sido brindada la atención médica necesaria debido a que no se han realizado los aportes a tiempo, también solicita el pago de los aportes parafiscales para poder recibir el subsidio familiar.
La Sala se pronuncia sobre la improcedencia de la acción de tutela para el cobro de acreencias económicas, la protección especial de la mujer embarazada, el deber del empleador de efectuar oportunamente el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social, se ordena a la entidad accionada afiliar a la actora y a su menor hijo al Sistema de Seguridad Social Integral, efectuando el traslado de los aportes respectivos y la cancelación de la licencia de maternidad.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el
- primero. (1deg) de julio de dos mil diez (2010), por el Juzgado Cuarenta y Nueve Civil Municipal de Bogota y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de la senora Adriana Garcia Alfonso.
- SEGUNDO. ORDENAR a la empresa Trofeos A. Rodriguez B. Ltda. que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a reafiliar a la accionante y a su hijo por el primer ano desde el nacimiento al Sistema de Seguridad Social Integral, efectuando dentro del termino oportuno el traslado de los aportes respectivos, asi como le cancele la licencia de maternidad a que tiene derecho. En el evento en que el empleador no realice los pagos de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social o los mismos sean rechazados por extemporaneos, sera el el responsable de asumir todas las prestaciones economicas.
- TERCERO. ORDENAR a la empresa Trofeos A. Rodriguez B. Ltda. que a partir de la notificacion de esta providencia y hasta tanto se verifique la efectiva vinculacion de la actora al Sistema de Seguridad Social en Salud dentro del regimen contributivo y comience a recibir atencion por parte de la entidad prestadora del servicio, asuma el costo de todos los examenes medicos, medicamentos y hospitalizaciones que requiera la accionante.
- CUARTO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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