T-922 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Jamer Muñoz Gonzalez·Respondent Ministerio De Ambiente Y Desarollo Territorial Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a FONVIVIENDA de asignar Subsidio Familiar de Vivienda teniendo en cuenta la actual condición de desplazado del peticionario
- Reiteración de jurisprudencia
- No puede negarse argumentando que un miembro del núcleo familiar registra una propiedad, cuando el inmueble está ubicado en el lugar donde se generó el desplazamiento
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, debido proceso, vivienda digna.
El accionante es desplazado por la violencia, por lo cual solicitó un subsidio de vivienda, el cual no le fue otorgado por tener un bien inmueble a su nombre, del municipio de donde fue desplazado.
La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la acción de tutela como mecanismo de protección de derechos de la población desplazada, el derecho a la vivienda digna de la población desplazada, se decide tutelar el derecho a la vivienda digna del acciónate en desarrollo de la protección constitucional reforzada que le corresponde como víctima del desplazamiento forzado.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo unico de instancia dictado en julio 8 de 2010 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Huila, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, que nego el amparo solicitado por Jamer Munoz Gonzalez contra el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. En su lugar, se dispone TUTELAR el derecho a la vivienda digna del actor y de su nucleo familiar.
- Segundo. En consecuencia, ORDENAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial que, por intermedio de la Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda, Fonvivienda, o quien haga sus veces, si aun no lo ha realizado, dentro del termino maximo de tres (3) dias contados a partir de la notificacion de esta sentencia, ubique al senor Jamer Munoz Gonzalez en el lugar dentro del orden de asignacion del subsidio de vivienda que le habria correspondido si su peticion, como debio ocurrir, hubiera sido aprobada en la primera oportunidad en que fue analizada.
- En todo caso, el subsidio correspondiente sera puesto a disposicion del beneficiario, en un termino no superior a tres (3) meses contados a partir de la notificacion de esta providencia, sin establecer sobre el cargas que la condicion de desplazado le genere imposibilidad de asumir.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.