T-878 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Xxx·Respondent Direccion De Incorporacion De La Policia Nacional Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a la Policía admitir al actor en la convocatoria para la reincorporación de patrulleros de la Policía Nacional
- Orden a la Policía brindar la asesoría post test y practicar la prueba psicológica y surtir ininterrumpidamente las demás etapas dentro del proceso de selección del actor
- Las asesorías pre y post test son obligatorias para las personas que son notificadas de portar el virus
- Caso en que Policía Nacional resolvió declarar no apto al actor para reingresar como patrullero, debido a que durante los exámenes médicos fue diagnosticado como portador de VIH
- Garantía fundamental
- Conductas discriminatorias
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Con el presente fallo la Corte Constitucional AMPARA los derechos fundamentales del actor al debido proceso administrativo, a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad, a escoger libremente profesión u oficio y a la no discriminación y, en consecuencia, ordena a la Dirección de Incorporación de la Policía Nacional admitirlo en la convocatoria para reincorporación de patrulleros, brindarle la asesoría post test omitida, posteriormente practicarle la prueba psicológica y surtir ininterrumpidamente las demás etapas dentro del proceso de selección, entre ellas, la valoración físico-atlética y morfo-funcional, con participación del Consejo de Admisiones, en las que se requiera según el protocolo de selección e incorporación.
De manera adicional, se advierte a la accionada para que se abstenga de discriminar de cualquier manera al demandante durante la terminación del proceso de reincorporación y siempre.
Además que se abstenga de divulgar, sin su consentimiento, los datos personales y el diagnóstico médico respectivo.
Los hechos que dieron pié a la interposición de la acción de tutela tuvieron que ver con la decisión de la Dirección de Incorporación de la Policía Nacional de declarar al accionante no apto para ingresar como patrullero, presuntamente, por presentar escoliosis de nueve grados y no superar la prueba psicológica practicada durante la convocatoria de reincorporación y, ser éstas, causales de exclusión previstas en el protocolo de admisiones.
Para el demandante, la exclusión no se dio por dichas causales, sino porque durante los exámenes médicos realizados con ocasión de la convocatoria, fue diagnosticado como portador de V.I.H.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en junio 7 de 2012 por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, que en su momento confirmo el dictado en mayo 9 del mismo ano por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, que habia negado el amparo de los derechos fundamentales de XX, al debido proceso administrativo, a la igualdad, al libre desarrollo de la personalidad, a escoger libremente profesion u oficio y a la no discriminacion, que en su lugar, se dispone TUTELAR.
- Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la Direccion de Incorporacion de la Policia Nacional admitir a XX en la convocatoria para la reincorporacion de patrulleros de la Policia Nacional, brindarle la asesoria post test omitida y posteriormente practicar la prueba psicologica y surtir ininterrumpidamente las demas etapas dentro del proceso de seleccion, entre ellas la valoracion fisico-atletica y morfo-funcional, con participacion del Consejo de Admisiones en las que se requiera, segun el protocolo de seleccion e incorporacion para la Policia Nacional.
- Tercero. ADVERTIR a la Direccion de Incorporacion de la Policia Nacional que debe abstenerse de discriminar de cualquier manera a XX durante la terminacion del proceso de reincorporacion y siempre. Ademas, se previene para que se abstenga de divulgar, sin consentimientote XX, sus datos personales y el diagnostico medico respectivo.
- Cuarto. ORDENAR a la Secretaria de esta corporacion asi como a los jueces de instancia que conocieron de este proceso que tomen las medidas adecuadas con el fin de guardar estricta reserva de la identidad del peticionario, atendiendo su situacion de salud.
- Quinto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.