JurídicoESEN
Tutela ruling (T)September 30, 1999

T-726 de 1999

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio Barrera Carbonell

✓Claimant Maria Del Carmen Trejos Y Otros

✓
Topic · hard data
Der. Al Minimo Vital. Der. A La Seguridad Social. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Gobernador De Bolivar. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela
  • Efectividad
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
  • Casos en que procede excepcionalmente pago de acreencias laborales
  • Es un remedio jurídico y eficacia no puede ser psicológica
Juez De Tutela
  • Ponderación orden de restablecimiento de derechos
Municipio
  • Crisis estructural de finanzas
  • Situación de insolvencia que no se resuelve en vigencia fiscal presente
Derechos Del Pensionado
  • Ante situaciones críticas pago de mesadas debe temporalmente ajustarse a escalas y pautas
Medio De Defensa Judicial
  • Pago de mesadas pensionales atrasadas
Municipio Y Departamento
  • Medidas constitucionales para pago oportuno de salarios y mesadas pensionales
7 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (16 points)
  1. Primero. REVOCAR las siguientes sentencias, relativas a demandas de tutela dirigidas contra el Departamento de Bolívar:
  2. 1) La proferida por el Tribunal Administrativo de Bolivar el 10 de febrero de 1999, al resolver sobre las tutelas impetradas por María del Carmen Trejos de Navarro, Dora González Contreras, Isolina Quintana Villa, Arinda Coneo Morales, Aura Josefina Martínez de Díaz, Donaldo Martelo Schotborgh, Felícita Cabeza Herrera, Emiro Nel Sánchez Otero, Estebana Gómez Mesa, Orlando Fragoso Mendoza y Olga Esther Haydar de Rosales, así como la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera de fecha 29 de abril de 1999, que revocó la anterior decisión (expediente T-224874).
  3. 2) La proferida por el Tribunal Administrativo de Bolívar el 18 de febrero de 1999, al resolver sobre las acciones de tutela impetradas por Elida Hernández de Delgado, Zenith Nohemí Vega Vda. de Diago, Ana Victoria Díaz de Torres, James Manuel Iglesias Romero y Gilda Romero Vda. de Palacio, así como la sentencia del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera de fecha 29 de abril de 1999, que revocó la anterior decisión (expediente T-226061).
  4. 3) La proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena, Sala Civil Familia, el 25 de mayo de 1999, que resolvió la acción de tutela impetrada por Maritza Narváez de Díaz (expediente T-226868).
  5. 4) La proferida por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena, Sala Civil Familia, el 25 de mayo de 1999, que resolvió la tutela impetrada por Manuela Alviz Feria (expediente T-226869).
  6. 5) La proferida por el Juzgado
  7. Tercero. Civil Municipal de Cartagena el 9 de abril de 1999, que resolvió la acción de tutela impetrada por Amalia Chavarro de Polanía, así como la sentencia del Juzgado
  8. Sexto. Civil del Circuito de Cartagena, de fecha 14 de mayo de 1999 (expediente T-226980).
  9. Segundo. CONCEDER la protección del derecho al mínimo vital en los términos expresados en esta providencia, a los siguientes peticionarios:
  10. 1) María del Carmen Trejos de Navarro, Dora González Contreras, Isolina Quintana Villa, Arinda Coneo Morales, Aura Josefina Martínez de Díaz, Donaldo Martelo Schotborgh, Félicita Cabeza Herrera, Emiro Nel Sánchez Otero, Estebana Gómez Mesa, Orlando Fragoso Mendoza y Olga Esther Haydar de Rosales (expediente T-224874).
  11. 2) Elida Hernández de Delgado, Zenith Nohemí Vega Vda. de Diago, Ana Victoria Díaz de Torres, James Manuel Iglesias Romero y Gilda Romero Vda. de Palacio (expediente T-226061).
  12. 3) Maritza Narváez de Díaz (expediente T-226868).
  13. 4) Manuela Alviz Feria (expediente T-226869).
  14. 5) Amalia Chavarro de Polanía (expediente T-226980).
  15. Tercero. ORDENAR al Departamento de Bolívar, representado por el señor Gobernador, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contado a partir de la notificación de la presente providencia, proceda, a gestionar la consecución de los recursos necesarios, con el fin de reanudar el pago de las mesadas pensionales y para garantizar su cancelación oportuna hacia el futuro, lo cual debe hacer durante la presente vigencia fiscal o a mas tardar dentro de los dos (2) primeros meses de la próxima vigencia fiscal.
  16. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentEduardo Cifuentes Muñoz
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.