T-591 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Hernando Criollo Ortiz·Respondent Gobernacion Del Huila Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Reconocer a accionante crédito especial denominado “Plan Excelencia”, informar a beneficiaria y/o a su padre, de manera clara, precisa y completa, los trámites y requisitos que deben cumplir para accede
- Vulneración por negativa de beneficio económico para ingresar a la educación superior
- Alcance y contenido
- Requisitos de procedibilidad
- Marco reglamentario
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La vulneración de derechos por parte de las entidades accionadas se atribuye a la negativa de reconocer el crédito educativo denominado “Plan Excelencia” que ofrece el Fondo de Fomento Educativo “Jenaro Díaz Jordán”, para adelantar estudios superiores.
La negativa se fundamentó en el hecho de que la beneficiaria no manifestó por escrito, en un término perentorio, la aceptación del mismo.
Se reitera jurisprudencia sobre el alcance del derecho al debido proceso administrativo y se analiza el caso en concreto.
La Sala concluye que, se vulnera el derecho fundamental al debido proceso administrativo, cuando las instituciones educativas y las entidades encargadas de reconocer créditos especiales para educación, omiten informar, de manera clara, precisa y completa, a los estudiantes, padres y/o acompañantes, los procedimientos y requisitos exigidos para acceder a dichos beneficios.
Se CONCEDE.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia de unica instancia proferida por el Juzgado Unico Laboral del Circuito de Garzon (Huila), del 24 de marzo de 2015, que nego el amparo invocado y, en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al debido proceso administrativo de la joven Karen Tatiana Criollos Puentes.
- Segundo. ORDENAR al Gobernador del departamento del Huila, en su condicion de representante legal del Fondo de Fomento Educativo "Jenaro Diaz Jordan", y a la Junta Administradora de dicho Fondo que, dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, adopten las medidas necesarias para reconocer a favor de la joven Karen Tatiana Criollo Puentes, el credito especial denominado "Plan Excelencia". Para ello, correspondera a la Secretaria de Educacion del departamento del Huila, informar a la beneficiaria y/o a su padre, de manera clara, precisa y completa, los tramites y requisitos que deben cumplir para acceder a dicho beneficio.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.