T-574 de 1996
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Martínez Caballero
✓Claimant Pescadores De Salahonda
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Vertimiento de petróleo
- Actuación particular
- Alcance por afectación de derechos colectivos
- Conexidad con derechos en tutela
- Protección oficio de pesca
- Afectación derechos individuales
- Protección del desarrollo sostenible
- Conexidad con derechos en tutela
- Constatación afectación derechos individuales
- Perjuicios por vertimiento de petróleo
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (9 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia del Juez Promiscuo Municipal de Francisco Pizarro -Salahonda proferida en la accion de tutela de la referencia el 9 de mayo de 1996, y en su lugar proteger el derecho fundamental a la libertad de oficio de los pescadores Jose Lidesma Solis y Celimo Segura Caicedo. No prospera la tutela respecto a las demas personas que figuran en la solicitud, por las razones expuestas en el presente fallo.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, se ORDENA a ECOPETROL que durante un plazo minimo de cinco anos efectue monitoreo en el sector costero de Salahonda para superar cualquier secuela que quedase del vertimiento de petroleo ocurrido el 26 de febrero del presente ano. Monitoreo que sera supervigilado por una comision interinstitucional integrada por el Defensor del Pueblo regional Narino (Pasto), por el alcalde, el Contralor y el Personero de Tumaco, por el alcalde y el personero de Salahonda y por los voceros designados democraticamente por los pescadores de Salahonda y Tumaco.
- Tercero. Se hace un llamado a prevencion a ECOPETROL para que, en lo que a dicha empresa corresponda, en ningun caso vuelva a incurrir en vertimientos de petroleo en la ensenada de Tumaco y se tomen las medidas adecuadas para tal fin. La comision designada en el punto anterior tambien velara por esta prevencion a ECOPETROL.
- Cuarto. Por medio de la presente tutela no hay lugar a indemnizacion de perjuicios. Los interesados podran acudir ante el juez competente.
- Quinto. Se ORDENA a la Secretaria de la Corporacion que se remita copia de esta sentencia a:
- 1) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para que adopte las medidas que estime convenientes en defensa de los ninos de Salahonda afectados de alto indice de desnutricion.
- 2) Ministerio del Medio Ambiente, para que, dentro de la orbita de sus atribuciones, adopte las medidas necesarias para evitar contaminacion de mares y costas por petroleo, carbon y elementos afines.
- 3) Defensoria del Pueblo (departamento de Narino) para orientar e instruir a los habitantes de la ensenada de Tumaco en la defensa de sus derechos fundamentales.
- Sexto. Por Secretaria se librara la comunicacion de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos del caso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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