T-552 de 1993
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Asociacion De Aviadores Civiles Acdac
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deficiencias
- Amenaza
- Protección integral
- Condiciones dignas
- Protección
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. REVOCAR el fallo de la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Laboral- del quince (15) de julio de mil novecientos noventa y tres (1993) proferido en segunda instancia en el asunto de la referencia.
- Segundo. TUTELANSE los derechos a la vida y al trabajo en condiciones dignas y justas de los pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles -ACDAC-.
- Tercero. ORDENASE al Director del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil -Aerocivil- que, en el término de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de la presente providencia, integre, con carácter urgente, un Comité Técnico de expertos en seguridad aeronáutica, del cual hará parte por lo menos un (1) delegado de la ACDAC. Este Comité deberá iniciar de inmediato sus trabajos y estudiar, en un término máximo de cuarenta y cinco (45) días, los problemas a que se hace referencia en el presente fallo, plantear soluciones para los mismos y formular las correspondientes recomendaciones técnicas para que el Gobierno y la Aerocivil adopten las medidas del caso dentro de la órbita de sus competencias.
- Cuarto. ORDENASE al Director del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil -Aerocivil-, que asegure, dentro del ámbito de sus competencias, el estricto cumplimiento de los cronogramas para la adquisición, instalación y puesta en servicio de las radioayudas VOR y DME en los aeropuertos que carezcan de ellas, así como de radares y equipos de emergencia y rescate.
- Quinto. ORDENASE al Director del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil -Aerocivil- iniciar en forma inmediata las gestiones para finalizar los cierres perimetrales de las pistas en los aeropuertos que presentan carencias al respecto.
- Sexto. El Director de la Aerocivil, conjuntamente con los Alcaldes de las ciudades en donde operan los aeropuertos y con las autoridades militares de esas ciudades, deberá adoptar en forma inmediata y poner en marcha mecanismos conjuntos de vigilancia para garantizar que se evitará el ingreso de personas, vehículos y animales a las pistas de los terminales correspondientes.
- Séptimo. El incumplimiento de lo aquí ordenado constituye desacato y será sancionado conforme lo dispone el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991. La vigilancia sobre la cabal ejecución de esta sentencia correrá a cargo de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, D.C.
- Octavo. Por Secretaría líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.