T-357 de 2004
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Ofelia Amparo Quiroz Zapata Y Otra Vs Fondo Nacional De Ahorro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Modificación unilateral a préstamos de vivienda de interés social
- Reliquidación y redenominación de créditos en moneda legal a UVR
- Vulneración del derecho al debido proceso por información insuficiente
- Vulneración por incumplimiento de condiciones de información en proceso de variación de préstamos de vivienda
- Abuso de posición dominante
- Situación de indefensión
- Deber de informar a usuarios la redenominación de créditos hipotecarios
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. Revocar la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Antioquia Sala Civil y Agraria el 22 de octubre de 2003, mediante la cual se confirmo la decision del Juzgado Civil del Circuito de Ciudad Bolivar - Antioquia de 2 de octubre de 2003 denego por improcedente la accion de tutela interpuesta por las ciudadanas Ofelia Amparo Quiroz Zapata y Maria Elena Bermudez Ospina contra el Fondo Nacional de Ahorro.
- Segundo. En su lugar CONCEDASE la proteccion del derecho al debido proceso a las ciudadanas Ofelia Amparo Quiroz Zapata y Maria Elena Bermudez Ospina, por las razones expuestas en esta providencia y en consecuencia se ORDENA al Fondo Nacional de Ahorro, dentro de los 10 dias siguientes a la notificacion de esta sentencia informar a las actoras lo atinente a sus respectivos creditos, de tal manera que en esos informes puedan enterarse con claridad sobre los procedimientos de reliquidacion de los mismos, su equivalencia en UVR, la razon de la ampliacion del plazo, intereses y demas condiciones del credito para que asi se les garantice el derecho a la formulacion de reclamos, a la interposicion de recursos y al ejercicio de las acciones judiciales que consideren conducentes si fuere el caso segun su criterio, conforme a lo establecido en el ordenamiento juridico pertinente.
- Tercero. DENIEGASE la proteccion solicitada al derecho al respeto a la dignidad humana, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Cuarto. Por Secretaria General, librense las comunicaciones a que se refiere el articulo 33 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.