C-690 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Luis Mariano Rocha Comas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Términos diferentes para sustentar recurso del que acude a la audiencia frente al ausente
- Trato diferente tiende a proteger el interés superior del menor
- Diferencia constituye medida objetiva, razonable y proporcionada
- Diferencia encuentra justificación en ejercicio de potestad de configuración legislativa
- No vulneración por asignación de competencia subsidiaria en los comisarios de familia o inspectores de policía
- Consolidación en el debido proceso en términos de oportunidades procesales
- Significado
- Finalidad del principio de publicidad
- Supone igualdad de las partes tanto en la actuación judicial como administrativa
- Posibilita la oposición a decisiones
- Configuración
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 1098 de 2006 articulos 98 y 100 (parciales).
Se expide el codigo de la infancia y la adolescencia.
Procedimiento administrativo y reglas especiales.
Competencia subsidiaria.
En ausencia del defensor de familia y del comisario de familia, las funciones asignadas a estos corresponderan al inspector de policia.
Tramite.
Audiencia de conciliacion e interposicion del recurso de reposicion.<br>considera el demandante que las disposiciones parcialmente acusadas desconocen los articulos 5, 13, 44 y 116 de la constitucion politica, pues otorgan competencias a los inspectores de policia en ausencia de comisarios y defensores de familia, situacion que contraviene abiertamente la garantia del juez natural, como quiera que el inspector no es un funcionario idoneo y competente para garantizar los derechos de los menores.<br>competencia subsidiaria de los inspectores de policia.
Mediante sentencia c-228 de 2008, la corte se pronuncio sobre equiparable acusacion a la que presenta en esta oportunidad el actor.
Procedimiento administrativo.
La diferencia de trato enunciada en el aparte demandado del articulo 100 encuentra justificacion en el ejercicio de la potestad de configuracion legislativa para los distintos tramites judiciales y de las atribuciones, deberes y cargas procesales de las partes, el juez y los terceros intervinientes, de manera acorde con los principios y valores constitucionales y los postulados de razonabilidad y proporcionalidad.<br>estarse a lo resuelto en sentencia c-228 de 2008, mediante la cual se declaro exequible, por los cargos analizados, la expresion "en ausencia de este ultimo, las funciones asignadas al defensor y al comisario de familia corresponderan al inspector de policia", contenida en el articulo 98 de la ley 1098 de 2006.
Exequible, por los cargos analizados, la expresion "y para quienes no asistieron a la audiencia se les notificara por estado y podran interponer el recurso, en los terminos del codigo de procedimiento civil", contenida en el articulo 100 de la ley 1098 de 2006.
What it decided
Holdings on Ley 1098/06. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-228 de marzo 5 de 2008, mediante la cual se declaro EXEQUIBLE, por los cargos analizados, la expresion "En ausencia de este ultimo, las funciones asignadas al defensor y al comisario de familia corresponderan al inspector de policia", contenida en el articulo 98 de la Ley 1098 de 2006.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos analizados la expresion "y para quienes no asistieron a la audiencia se les notificara por estado y podran interponer el recurso, en los terminos del Codigo de Procedimiento Civil", contenida en el articulo 100 de la Ley 1098 de 2006.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.