JurídicoESEN
Constitutional review ruling (C)October 20, 2004Full bench

C-1025 de 2004

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra

✓Claimant Gladis Castillo Duran

✓
Topic · hard data
Derecho De Asociacion Respecto De Medidas Cautelares En Proceso De Extincion De Dominio. Atribución De La Dirección Nacional De Estupefacientes De Ejercer Derechos Sociales
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho De Asociacion Respecto De Medidas Cautelares En Proceso De Extincion De Dominio
  • Atribución de la Dirección Nacional de Estupefacientes de ejercer derechos sociales
Medidas Cautelares En Proceso De Extincion De Dominio
  • Administración por la Dirección Nacional de Estupefacientes de acciones, cuotas o partes de interés social
  • Autorización a la Dirección Nacional de Estupefacientes para disponer de manera definitiva sobre sociedades o unidades de explotación económica
  • Concepto y alcance
  • Derechos al debido proceso y propiedad
  • No es una medida confiscatoria
  • Procedencia sobre acciones, cuotas o partes de interés social
Medidas Cautelares
  • Carácter instrumental
  • Importancia
  • Legislador debe asegurar el equilibrio procesal entre las partes
  • Suspensión transitoria del poder de disposición sobre bienes
Sentencia Condicionada
  • Improcedencia por cuanto el segmento normativo acusado no admitía al menos una interpretación conforme con la Carta Política
  • Improcedencia porque interpretación de la norma acusada resulta contraria a la Constitución
Derecho De Propiedad En Medidas Cautelares En Proceso De Extincion De Dominio
  • Ejercicio por la Dirección Nacional de Estupefacientes de facultades de los órganos de administración de la sociedad o de las unidades de explotación económica
Sociedades Y Unidades De Explotacion Economica Y Medidas Cautelares En Proceso De Extincion De Dominio
  • Prohibición a socio, representante legal o revisor fiscal de ejercer actos de administración o gestión de acciones, cuotas o partes de interés social
7 topics · 16 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Ley 785 de 2002 art. 5.

Se dictan disposiciones relacionadas con la administración de los bienes incautados en aplicación de las leyes 30 de 1986 y 333 de 1996.

La dirección nacional de estupefacientes ejercera los derechos sociales que corresponda

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

Holdings on Ley 785/02. Hard data, verified against the operative part — citable.

Art. 5Ley 785/02UPHELD
1 holding · source: operative part of the ruling
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Declárase exequible por los cargos estudiados el artículo 5 de la ley 785 de 2002, en forma condicionada, así:
  2. En cuanto al inciso primero, cuyo texto es el siguiente: "La Dirección Nacional de Estupefacientes ejercerá los derechos sociales que correspondan a las acciones, cuotas o partes de interés social que hayan sido objeto de medida cautelar en los procesos a que se refieren las Leyes 30 de 1986 y 333 de 1996 hasta que se produzca la decisión judicial definitiva y mientras tanto quienes aparezcan inscritos como socios, miembros de los órganos sociales y demás órganos de administración, representante legal o revisor fiscal, no podrán ejercer ningún acto de disposición, administración o gestión en relación con aquellas, a menos que sean autorizados expresamente y por escrito por la Dirección Nacional de Estupefacientes," bajo el entendido que esta Dirección requiere autorización de la autoridad judicial competente.
  3. El inciso
  4. segundo. del artículo 5 de la ley 785 de 2002, cuyo texto es el siguiente: "A partir de la medida cautelar, las facultades de los órganos de administración y dirección de la sociedad o de las unidades de explotación económica, incluyendo la disposición definitiva de las mismas en la forma y términos establecidos en el Código de Comercio y demás normas concordantes, serán ejercidas por la Dirección Nacional de Estupefacientes", bajo el entendido que en este caso la Dirección requiere autorización previa del fiscal o juez competente y el producto de la misma queda afecto a lo que se resuelva en la sentencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
Partial dissentAlvaro Tafur GalvisPartial dissentClara Ines Vargas Hernandez
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.