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Order (Auto)April 29, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas

✓Claimant --·Respondent --

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Principio De Universalidad Del Servicio De Salud
  • Cobertura para los residentes en todo el territorio nacional
Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derechos A La Salud Y A La Vida
  • Nivel de cumplimiento bajo
  • Niveles de cumplimiento a las órdenes de la sentencia T-760/08
Seguimiento De La Corte Constitucional En Materia De Accesibilidad Y Calidad De Los Servicios De Salud
  • Cumplimiento a la orden vigésima novena de la Sentencia T-760 de 2008
Cumplimiento De Las Órdenes De La Sentencia T-760/08
  • Es necesario analizar la orden desde tres aspectos: las medidas, los resultados y los avances
6 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con este proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08 evaluó por segunda ocasión el grado de cumplimiento del componente de afiliación de la población colombiana al sistema de Salud, ordenado en el numeral 29 del precitado fallo y en el Auto 496/22.

Luego de realizar el respectivo análisis, la Corte declaró el nivel de cumplimiento BAJO e impartió unas órdenes específicas al Ministerio de Salud y Protección Social.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (11 points)
  1. Primero. Declarar el nivel de cumplimiento bajo del componente de afiliación de la orden vigésima novena de la sentencia T-760 de 2008, con base en las consideraciones expuestas en esta providencia, el Auto 496 de 2022 y la sentencia estructural.
  2. Segundo. Ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que cumpla con lo siguiente:
  3. i) Implementar medidas que aumenten el porcentaje de afiliación reportado en 2023. Para tal efecto, deberá garantizar que, como máximo, al finalizar el año 2024 se obtenga al menos al 99% de afiliación como se logró en 2021. En caso de que sea imposible alcanzar esta meta, el Ministerio de Salud deberá explicar las razones del incumplimiento y fijar una nueva meta, debidamente justificada.
  4. ii) Ampliar progresivamente la cobertura en salud de la población residente en el territorio nacional, sin retrocesos de ningún tipo, de manera que se cumpla el mandato de cobertura universal del 100% de los residentes en el territorio nacional dispuesto en la Ley 1122 de 2007.
  5. iii) Verificar el posible subregistro de afiliados en Bogotá, la veracidad de los datos de Cundinamarca y tomar las medidas necesarias. Lo que deberá reportarse a la Sala Especial en el próximo informe semestral que se entregue.
  6. iv) Agregar al informe semestral a) el dato total de la PPL vinculada al sistema de salud, con inclusión de los ubicados en centros de reclusión, prisión domiciliaria y vigilancia electrónica y; b) informar de manera detallada la proyección de las personas que se pretenden afiliar mediante la contribución solidaria, los efectivamente afiliados y los dineros cancelados por departamentos.
  7. v) Agregar a los futuros reportes de afiliación por departamentos, los datos de todos los vinculados a los regímenes de excepción. Dato que debe remitirse de forma global y departamental.
  8. vi) Mantener y mejorar las medidas de política pública que permitan a la población que reside en Colombia estar afiliada al sistema de salud. La que deberá aumentar respecto del 2023.
  9. vii) Actualizar las proyecciones y retroproyecciones de población usadas para obtener el dato de personas afiliadas al sistema de salud, de acuerdo a las actualizaciones post Covid-19 publicadas por el Dane en marzo de 2023125 a partir del 2022.
  10. viii) Remitir a la Procuraduría General de la Nación el informe ordenado en el Auto 496 de 2022 (f.j. 241.1.8), con corte a 30 de junio y 31 de diciembre de cada año, en el que se den a conocer las actividades desplegadas y los resultados obtenidos para garantizar la afiliación al sistema de salud de la población residente en Colombia. Documento que deberá ser presentado a más tardar, un mes después de la fecha de corte.
  11. Tercero. Proceda la Secretaría General de esta Corporación a librar las comunicaciones correspondientes y a la que deberá anexar copia integral de este proveído.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentVladimir Fernández Andrade
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.