A- de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Antonio Cepeda Amarís
✓Claimant Subdirector Juridico Pensional De La Ugpp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia excepcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-615/16.
El Subdirector Jurídico Pensional de la UGGP formuló el incidente de nulidad invocando las siguientes causales: 1º.
Desconocimiento del precedente constitucional consolidado en las providencias C-168/95, C-258/13, T-078/14, SU.230/15 y en el Auto 326/14. 2º.
Desconocimiento de la cosa juzgada constitucional y, 3º.
Incongruencia entre la parte motiva y la resolutiva.
Considera el incidentante que se vulneró el derecho al debido proceso de la entidad y se generó un irrespeto a la posición jurisprudencial fijada por la Corporación, según la cual el IBL no hace parte del régimen de transición, toda vez que éste se rige en estricto sentido por lo previsto en el artículo 21 y en el inciso tercero del artículo 36 de la Ley 100 de 1993.
La Sala Plena concluyó que no existe la incongruencia alegada, debido a que el fallo censurado adoptó una postura jurídica que defendió a lo largo de la providencia.
No obstante, consideró que sí desconoció el precedente jurisprudencial y la cosa juzgada constitucional, en tanto la regla de aplicación del IBL se fundó desde la Sentencia C-168/95, constituyéndose con posterioridad en la línea consolidada e imperante.
Con base en lo anterior, declara la NULIDAD de la Sentencia 5-615/16.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. DECLARAR LA NULIDAD de la Sentencia T-615 de 2016, en virtud de la solicitud presentada por Salvador Ramirez Lopez, subdirector juridico pensional y apoderado judicial de la Unidad de Gestion Pensional y Parafiscales UGPP, por el desconocimiento de la cosa juzgada constitucional y el precedente jurisprudencial.
- Segundo. DEVOLVER el expediente a la Sala Sexta de Revision, con el fin de que proceda a emitir nueva sentencia conforme a los lineamientos jurisprudenciales vigentes y que fueron desarrollados en esta providencia.
- Tercero. COMUNICAR la presente providencia a las partes involucradas, con la advertencia que contra esta decision no procede ningun recurso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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