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DecretoIn force

Decreto 1802 de 1934

Por el cual se suprimen cuatro almacenes de telégrafos y se reglamenta el trabajo de los restantes

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1A Partir Del 19 De Octubre Se Suprimen Los Almacenes De Telégrafos Existentes En Las Ciudades De Bucaramanga, Manizales, Medellín Y Pasto2Desde El 19 De Octubre Próximo Funcionarán Como Dependencias De La Junta De Adquisiciones Y Suministros De Materiales Y Utiles, Que Se Crea Por Este Decreto, Los Almacenes De Telégrafos De Bogotá, Barranquilla, Cali Y Girardot3Créase La Junta De Adquisiciones Y Suministros De Materiales Y Utiles, Que Estará Integrada Por El Ministro De Correos Y Telégrafos, El Secretario Del Ministerio Y Los Directores De Los Departa­mentos De Correos, Telégrafos Y Teléfonos, Contabilidad, Personal E Internacional4La Provisión De Elementos Para Las Oficinas De Correos, Telégrafos Y Radiotelégrafos Se Hará Por Los Almacenes, Así: Almacén Principal De Bogotá -Proveerá Las Oficinas Del Ministerio, Todas Las Del Departamento, De Cundinamarca, Excepto Las Servidas Por El Ferrocarril De Girardot, A Partir De Zipacón Para Abajo; Las De Las Intendencias Del Meta Y El Vichada, El Departamento De Boyacá, La Comisaria De Arauca Y Las Provincias De Santander Situadas Al Sur Del Río Chicamocha O Suárez, Excepto Los Lugares Situados En Las Márgenes Del Rio Magdalena, Y Todas Las Estaciones Radiotelegráficas De La República5Corresponde A Los Almacenistas Hacer Los Contratos De Transporte De Los Materiales Que Por Su Naturaleza No Sean De Los Que Deben Conducir A Su Destino Gratuitamente Los Contratistas De Correos6Los Almacenistas Atenderán Los Pedidos Que Les Hagan Directamente Las Oficinas De Su Zona, Pero Llevarán Cuenta Y Razón De Sus7Los Pedidos De Los Departamentos Y Servicios Del Ministerio Y Los Que Hagan Las Estaciones Radiotelegráficas, Deben Dirigirse A La Sección De Almacenes De La Secretaría, La Cual Ordenará Su Ejecución Al Respectivo Almacén, De Acuerdo Con Las Reglas Que Establezca La Junta De Adquisiciones Y Suministros, Y Cuando Se Trate De Útiles Y Materiales Para Las Estaciones De Radio, La Secretaria, Los Someterá Previamente Al Examen Del Jefe De Inalámbricos8No Se Permitirá El Establecimiento De Otros Depósitos De Útiles O Materiales De Este Ministerio Fuera De Los Que Se Señalan En El Presente Decreto, Exceptó Los De Carácter Eventual Que Deban Formarse En Los Lugares En Que Se Lleven A Cabo Obras Relacionadas Con Los Servicios De Comunicaciones
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