DecretoIn force
Decreto 3258 de 2002
por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
Constitutional review history
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02
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1Article 12Article 23Article 34Article 45Article 56Article 67Contribuyentes Obligados A Presentar Declaración Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios8Article 89Article 910Obligación De Informar El Código De La Actividad Económica11Article 1112Article 1213Grandes Contribuyentes14Personas Jurídicas Y Demás Contribuyentes15Entidades Del Sector Cooperativo16Personas Naturales Y Sucesiones Ilíquidas17Article 1718Declaración De Ingresos Y Patrimonio19Article 1920Article 2021Declaración Bimestral Del Impuesto Sobre Las Ventas22Declaración Mensual De Retenciones En La Fuente23Impuesto De Timbre24Article 2425Article 2526Declaraciones Tributarias Presentadas Electrónicamente27Article 2728Plazos Para Declarar Y Pagar El Gravamen A Los Movimientos Financieros29Article 2930Article 3031Obligación De Expedir Certificados Por Parte Del Agente Retenedor Del Impuesto Sobre Las Ventas32Article 3233Article 3334Forma De Pago De Las Obligaciones35Article 3536Article 3637Article 3738Plazo Para Presentar La Información39Valores Absolutos A Tener En Cuenta Para Suministrar La Información Tributaria Por El Año Gravable 200240Article 4041Article 41
03
Signatories
National Government
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las conferidas en los numerales 11, 20 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 579, 579-2, 603, 800, 811, 876 y 877 del Estatuto Tributario, los artículos 3º de la Ley 6ª de 1971 y 2º de la Ley 7ª de 1991
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público