JurídicoESEN

Article 2

Decreto 3258 de 2002 · por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Presentación y pago de la declaración del Gravamen a los Movimientos Financieros . La declaración del Gravamen a los Movimientos Financieros se presentará en la Subdirección de Recaudación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de la ciudad de Bogotá, D. C. El pago de las sumas recaudadas debe depositarse a la orden de la Dirección del Tesoro Nacional, en el Banco de la República en la Cuenta Corriente número 61012167 denominada DTN - Recaudo Gravamen a los Movimientos Financieros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 3258 de 2002