DecretoVigencia En Estudio
Decreto 3590 de 1949
Por el cual se confieren unas atribuciones a los Intendentes y Comisarios Nacionales y a los Alcaldes Municipales
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Los Intendentes Y Comisarios Nacionales Tienen, Además De Las Facultades Que Les Corresponden Como Agentes De La Rama Ejecutiva Y Jefes De La Administración En Sus Respectivos Territorios, De Acuerdo Con La Constitución Y La Ley 2ª De 1943, Las De Dictar Las Providencias Que Estimen Necesarias Para Mantener El Orden Público Y Restablecer La Normalidad Administrativa2Las Medidas Que Pueden Adoptar Los Intendentes Y Comisarios, De Acuerdo Con El Artículo Anterior, Se Suspenderán Al Levantarse El Estado De Sitio, Y Deberán Ser Aprobadas Previamente Por El Gobierno Nacional, A Menos Que Su Urgencia No Lo Permita, Caso En El Cual Deberán Ser Aprobados Posteriormente3Mientras Dure El Estado De Sitio, Y Con El Fin De Mantener El Orden Público Y Regularizar La Administración Municipal, Además De Las Facultades Que Les Corresponden A Los Alcaldes Como Jefes De La Administración Seccional, De Acuerdo Con La Constitución Y Las Leyes, Tendrán Las De Dictar, Previa Aprobación Del Respectivo Gobernador, Los Decretos Necesarios Para Suspender Los Acuerdos Que Consideren Perjudiciales Para La Buena Marcha Del Municipio, Y En Lugar De Éstos, Poner En Vigencia Las Disposiciones De Los Concejos Municipales Que, Habiendo Sido Derogadas, Deban Sustituirlos; Las De Hacer Las Modificaciones Que Estimen Convenientes, Dentro De Los Actuales Acuerdos Presupuéstales, Y La De Expedir El Presupuesto Para La Próxima Vigencia, Tomando Como Base El Acuerdo De Presupuesto Vigente4Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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Signatories
National Government
- Mariano Ospina PerezPresidente de la República
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Eliseo ArangoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- General Miguel SanjuanEl Ministro de Justicia
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Rafael Sanchez AmayaEl Ministro de Guerra, Teniendo General
- Evaristo SourdisEl Ministro del Trabajo
- Jorge CavelierEl Ministro de Higiene
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Comercio e Industrias
- José Elías Del HierroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- José Vicente Davila TeloEl Ministro de Correos y Telégrafos, encargado del Despacho de Agricultura y Ganadería · encargado
- Víctor Archiila BriceñoEl Ministro de Obras Públicas