º Los Intendentes y Comisarios Nacionales tienen, además de las facultades que les corresponden como Agentes de la Rama Ejecutiva y Jefes de la Administración en sus respectivos territorios, de acuerdo con la Constitución y la Ley 2ª de 1943, las de dictar las providencias que estimen necesarias para mantener el orden público y restablecer la normalidad administrativa. En consecuencia, podrán suspender los acuerdos intendenciales y los acuerdos municipales, crear y suprimir empleos, proveerlos, señalar las asignaciones y funciones precisas, abrir créditos y verificar traslados en los presupuestos vigentes.
Article 1
Los Intendentes Y Comisarios Nacionales Tienen, Además De Las Facultades Que Les Corresponden Como Agentes De La Rama Ejecutiva Y Jefes De La Administración En Sus Respectivos Territorios, De Acuerdo Con La Constitución Y La Ley 2ª De 1943, Las De Dictar Las Providencias Que Estimen Necesarias Para Mantener El Orden Público Y Restablecer La Normalidad Administrativa
Decreto 3590 de 1949 · Por el cual se confieren unas atribuciones a los Intendentes y Comisarios Nacionales y a los Alcaldes Municipales
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