DecretoIn force
Decreto 2348 de 1942
Por el cual se reglamenta la Ley 166 de 1941 y se modifica el Decreto número 800 de 1932
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Del Decreto 800 De 1932 Quedará Así: "artículo 1° Todas Las Empresas Industriales, Agrícolas, De Comercio O De Cualquiera Otra Naturaleza, De Carácter Permanente Establecidas O Que Se Establezcan En El País Y Que Tengan Una Nómina De Sueldos O Salarios De Mil Pesos ($ 12Del Decreto 800 De 1932 Quedará Así: Artículo 4° El Valor Del Seguro Se Fijará De La Manera Siguiente: A) Si El Empleado U Obrero Ha Prestado Sus Servicios Durante Doce (12) Años O Menos, Y El Sueldo O Salario Devengado En El Último Año Trabajado Es Menor De Cuatro Mil Doscientos Pesos ($ 43Del Decreto 800 De 1932, Quedara Así: Artículo 5° Para El Cómputo Del Seguro De Los Obreros Y Empleados Que Tengan Una Remuneración Menor De Cuatro Mil Doscientos Pesos ($44Del Decreto 800 De 1932, Quedará Así: Artículo 6° Las Disposiciones Contenidas En Los Dos Artículos Anteriores Rigen Igualmente Para Las Empresas Constituidas Legalmente En Aseguradoras De Sus Empleados Y Obreros Y Para Las Que Tomen Una Póliza Colectiva En Una Compañía De Seguros5Del Decreto 800 De 1932, Se Agregará El Siguiente Parágrafo: " Parágrafo6Del Decreto 800 De 19327Article 78Article 89Article 910Article 10
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