DecretoVigencia En Estudio
Decreto 111 de 1958
Por el cual se cambia la destinación de parte del producto de un impuesto y se ordenan unas cesiones
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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01
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02
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8Del Decreto 2956 De 1955; Reformado Por El Artículo 5º Del Decreto 3144 De 1956 Y Distribuído Por Los Artículos 12, Letra C), Y 13 Letra D), Del Decreto 1368 De 19572Article 23Article 31, El Producto Del Impuesto En Referencia, Que Corresponda A La Presente O Anteriores Vigencias Fiscales, Y Que A La Fecha De Este Decreto No Haya Sido Entregado Por El Departamento Del Valle Del Cauca Al Instituto De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico, O Que Se Encuentre Depositado En Los Bancos A Favor Del Mismos (Sic) Instituto, A La Orden O En Cuenta Corriente4Article 45Article 56Article 6
03
Signatories
National Government
- Mayor General Gabriel Paris GPresidente de la República · encargado
- Mayor General Pioquinto RengifoEl Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores · encargado
- José María VillarrealEl Ministro de Justicia
- Jesús María MarulandaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alfonso Sáiz MontoyaEl Ministro de Guerra
- Jorge Mejía SalazarEl Ministro de Agricultura
- Raimundo Emiliani RománEl Ministro del Trabajo
- Juan Pablo LlinásEl Ministro de Salud Pública
- Harold EderEl Ministro de Fomento
- Julio César Turbay AyalaEl Ministro de Minas y Petróleos
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Educación Nacional
- Mayor General Pedro A. MuñozEl Ministro de Comunicaciones
- Roberto Salazar GómezEl Ministro de Obras Públicas