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Sentencia de Tutela15 de noviembre de 2001

T-1199 de 2001

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

✓Demandante Juan Orlando Alzate Montes Vs. Union Temporal Comfama Massalud Clinica Medellin·Demandado Sin Información

✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social En Salud De Menor De Edad Hijastra De Docente. Exclusion Del Servicio Como Beneficiaria. Principios De Eficiencia Continuidad Y Buena Fe. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Igualdad En El Sistema De Seguridad Social
  • No se puede excluir como beneficiaria a hijastra
Principio De Continuidad En El Servicio Publico De Salud
  • Un niño no puede ser expulsado del sistema
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juez 12 Laboral de Medellin, proferida el 30 de mayo del presente ano, y en su lugar CONCEDER la tutela por las razones expuestas en el presente fallo.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la Union Temporal Comfama-Massalud-Clinica Medellin, que en el termino de cuarenta y ocho horas se reintegre a la menor YULI TATIANA JIMENEZ VIANA, a la seguridad social en salud, en su condicion de beneficiaria del docente Juan Orlando Alzate Montes, y, por lo tanto, se le presten los servicios que requiera en cuanto a su salud y se la actualice como beneficiaria.
  3. TERCERO. Por Secretaria, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
← cita a 13la citan 6 →T-1199/01C-478/98 — Ley 223/95. Art. 285 Parcial. Racionalizacion Tributaria. Derogatorias Y Vigencias. Exequible. · citada 291 vecesC-478/981998SU.562/99 — Der. A La Seguridad Social. Der. A La Salud. Continuidad En El Servicio Publico De Salud. Mora En El Pago De Aportes En Salud. Quintex Empre · citada 259 vecesSU.562/991999T-514/98 — Der. A La Salud De Los Niños. Suministro De Aparatos Ortopedicos. E.P.S. De Risaralda. Concedida. · citada 200 vecesT-514/981998T-576/98 — Der. Al Trabajo. Motivacion De Actos Administrativos. Retiro De Notario. Concedida. · citada 163 vecesT-576/981998T-556/98 — Der. A La Salud. Der. A La Integridad Personal Y A La Seguridad Social De Los Niños. No Sumunistro De Silla De Ruedas Por E.P.S. Del I.S.S. · citada 159 vecesT-556/981998SU.360/99 — Der. Al Espacio Publico. Der. Al Trabajo. Principio De Confianza Legitima. Vendedores Ambulantes De San Victorino. Concedida Parcialmente. · citada 139 vecesSU.360/991999T-618/00 — Debido Proceso. Continuidad En Seguridad Social En Salud. Compañero Permanente Homosexual Desafiliado Del Seguro Social. Concedida Parcialme · citada 104 vecesT-618/002000T-784/98 — Der. A La Salud De Los Niños. Suministro De Audifonos Por La E.P.S. De Humana. Concedida. · citada 103 vecesT-784/981998T-606/13 · citada 38 vecesT-606/132013C-107/17 — Patrimonio Familiar. Familias A Favor De Las Cuales Pueden Constituirse Este Patrimonio. · citada 14 vecesC-107/172017T-942/14 · citada 10 vecesT-942/142014T-218/13 · citada 8 vecesT-218/132013T-354/16 — Proteccion De La Familia. · citada 6 vecesT-354/162016C-289/19 — Subsidio Familiar En Dinero A Favor De Los Hijos Menores De Edad De Los Trabajadores, Sin Incluir A Los Hijos De Crianza. · citada 2 vecesC-289/192019
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.