T-907 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Ana Yaneth Arango Ortiz·Respondent Alcaldia De Pereira
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se advierte a Alcaldía que debe realizar todos los trámites pertinentes para garantizar que los niños inscritos en el programa de almuerzos no vean suspendido el servicio
- Configuración
- Agente oficioso en representación de un grupo de personas menores de edad
- Requisitos de procedibilidad
- Entidad pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La conducta que causa la vulneración de derechos fundamentales es la falta de implementación, por parte de la Administración Municipal, del programa de almuerzos en los restaurantes escolares del corregimiento de Puerto Caldas, en el municipio de Pereira.
La entidad territorial adujo estar actuando bajo las directrices y recomendaciones de la Procuraduría General de la Nación, en virtud de las cuales, los operadores del servicio de almuerzos deben ser seleccionados por licitación pública y no por convenios de cooperación, tal y como se estaba haciendo.
En sede de revisión se le informó a la Sala que el programa alimentario local “soy lo que me alimentas” fue implementado a mediados del año lectivo y, que los establecimientos educativos del precitado corregimiento estaban recibiendo los almuerzos para los estudiantes.
Pese a declarar una carencia actual de objeto por hecho superado, se advirtió a la accionada que, para los períodos subsiguientes, debe iniciar el proceso de licitación pública con mayor anticipación, en aras de garantizar que el suministro de los alimentos sea simultáneo con el inicio de clases de los menores inscritos en el programa.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- PRIMERO. DECLARAR la carencia actual de objeto por hecho superado. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Mínima Cuantía. Pereira, el 25 de marzo de 2014 que declaró improcedente la acción de tutela.
- SEGUNDO. ADVERTIR a la Alcaldía de Pereira que debe realizar todos los trámites pertinentes para garantizar que los niños inscritos en el programa de almuerzos en los restaurantes del Corregimiento de Puerto Caldas, no vean suspendido el servicio. En consecuencia, todos los trámites del proceso de licitación pública deberán realizarse con suficiente antelación para garantizar que el servicio de almuerzo inicie de forma simultánea con el ciclo escolar de los estudiantes inscritos en el programa.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
- Magistrado
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- ANDRÉS MUTIS VANEGAS
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.