Tutela ruling (T)October 2, 2026
T-323 de 2026
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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Topic · hard data
Sin Información
01
Topics and subtopics of the ruling
The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Sin información
Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02
What it decided
This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- PRIMERO. REVOCAR , por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia de tutela de �nica instancia, proferida el 1 de julio de 2025 por el Juzgado 021 Penal Municipal con Funciones de Control de Garant�as de Cartagena, la cual declar� improcedente el amparo de los derechos fundamentales . En su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por situaci�n sobreviniente, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. LIBRAR por Secretar�a General, la comunicaci�n prevista en el art�culo 36 del Decreto 2591 de 1991. Notif�quese, comun�quese y c�mplase JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado Aclaraci�n de voto PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Magistrada ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Esta medida se fundamenta en los numerales a) y b) del art�culo 1 de la Circular Interna No. 10 de 2022 de la Corte Constitucional que establece el deber de omitir de las providencias que se publiquen en la p�gina web de la Corte Constitucional los nombres reales de las personas cuando se haga referencia a su historia cl�nica u otra informaci�n relativa a la salud f�sica o ps�quica y se trate de ni�os, ni�as o adolescentes. [2] Estos hechos se describen de acuerdo con lo se�alado en el escrito de tutela y las pruebas obrantes en el expediente. Ver acci�n de tutela y sus anexos en los archivos �01DEMANDA.pdf� y �02PRUEBAS.pdf�. [3] Expediente digital, �02PRUEBAS.pdf�. p. 1. La ni�a naci� el el 30 de mayo de 2023. [4] Expediente digital, ��01DEMANDA.pdf�, p. 1. [5] Expediente digital, �02PRUEBAS.pdf�. p. 3 y 4. [6] Expediente digital, �02PRUEBAS.pdf�. p. 3. [7] Expediente digital, �02PRUEBAS.pdf�. p. 7. [8] Expediente digital, �01DEMANDA.pdf�, p. 2 [9] Expediente digital, �01DEMANDA.pdf�, p. 3. [10] Expediente digital, �01DEMANDA.pdf�, p. 7. [11] Expediente digital, �13001408802120250014400�, acta de reparto. [12] Expediente digital, �Auto obed�zcase y c�mplase�. Al respecto, el Juzgado 001 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cartagena consider� en su decisi�n, que se configur� una causal de nulidad por falta de integraci�n del contradictorio, pues se debi� vincular al tr�mite de tutela a las EPS Sura y Sanitas. Ver expediente digital, �Anexo secretaria Corte Correo[11-Feb-26-8-53-59].pdf�, �017DevolucionTutelaSuperiorJerarquico2025-00144�). [13] Expediente digital, �Auto obed�zcase y c�mplase�. [14] Expediente digital, �20CONTESTACION.pdf�. En este documento, se aclar� que la raz�n social correcta de la empresa es Axa Colpatria Seguros de Vida S.A. [15] Ibidem , p. 12. [16] Ibidem, p.7. [17] Expediente digital, �21CONTESTACION.pdf�. [18] Es de aclarar que, en su escrito de contestaci�n, la prepagada aport� documento que indica que la fecha de inicio de vigencia del contrato es el 26 de abril de 2024. Expediente digital, �21CONTESTACION.pdf�. p. 13. [19] Ibidem , p. 35. En este, consta un �Formato Adicional Traslado de otras MP�, del 22 de abril de 2024 en el que se reconoce que el usuario proviene del plan voluntario de salud �Alterno Plus� de la entidad Axa Colpatria y que, para conservar la antig�edad, debe entregar en un lapso no mayor a 45 d�as, los certificados de preexistencias y utilizaciones de dicha compa��a.� [20] Ibidem , p. 4. [21] Ibidem , p. 11. [22] Ibidem , p. 4. El contrato de prestaci�n de servicios de salud para el programa oro plus y la cl�usula sexta sobre servicios y recubrimientos fue anexado en esta contestaci�n, En espec�fico, los trastornos cong�nitos y gen�ticos de la cl�usula sexta se encuentra en la p. 22. [23] Ibidem , p. 11. [24] Ibidem , p. 13 a 29. [25] Ibidem , p. 30 a 32. [26] Ibidem , p. 33 a 34. [27] Ibidem , p. 35. [28] Ibidem , p. 5. [29] Expediente digital, �18CONTESTACION.pdf�. [30] Expediente digital, �19CONTESTACION.pdf�. [31] Expediente digital, �22CONTESTACION.pdf�. [32] Se advierte que esta Cl�nica tampoco contest� la acci�n de tutela antes de la declaraci�n de nulidad efectuada por el juez de segunda instancia. [33] Expediente digital, �23SENTENCIA.pdf�. [34] Para esto, sustent� su postura en la Sentencia T-507 de 2017. [35] Ibidem , p. 11. [36] Ibidem , p. 12. [37] Expediente digital, �Anexo secretaria Corte SALA 10-2025- AUTO SALA DE SELECCI�N DEL 31 DE OCTUBRE-NOTIFICADO EL 18 DE NOVIEMBRE DE 2025.pdf�. Esta sala estuvo integrada por los magistrados H�ctor Alfonso Carvajal y Juan Carlos Cort�s. [38] Notificado el 9 de febrero de 2026. [39] Se solicit� informaci�n actual sobre: (i)Si desde la interposici�n de la acci�n de tutela, se realiz� la cirug�a de Glosopexia a la ni�a Lorenza e indicar qu� tr�mites ha efectuado para ello; (ii) cu�l es el estado de salud actual de la ni�a; (iii) determinar cu�l es la EPS a la que actualmente est� afiliada la ni�a y que le presta los servicios en salud; (iv) remitir la historia cl�nica de la ni�a; (v) indicar si i actualmente persiste el contrato de medicina prepagada con la prepagada. [40] Se solicit� informaci�n actual sobre: (i) qu� tipo de atenci�n incluye el Plan de Medicina Prepagada con respecto a la enfermedad diagnosticada a la ni�a; (ii) si al momento de tomar el aseguramiento, se realiz� una valoraci�n m�dica a la ni�a o un cuestionario sobre su estado de salud y antecedentes m�dicos; (iii) indicar las diferencias relevantes entre la atenci�n pretendida por medio del plan medicina programada o a trav�s del servicio general de la EPS; (iii) remitir la historia cl�nica de la ni�a; (iv) explicar si persiste el contrato de medicina prepagada con la se�ora Elisa ; indicar cu�l es el tr�mite para terminar el v�nculo contractual despu�s de la solicitud de retiro de un usuario y cu�l fue el tr�mite efectivamente que se llev� a cabo en el caso concreto. [41] A las dos EPS, se les solicit� que informaran si la se�ora Elisa y su hija han estado afiliadas y el periodo de afiliaci�n en cada entidad. Y, si existen, aporten la historia cl�nica de la ni�a, �rdenes de servicio y procedimientos efectua
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03
The bench that decided
No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04
How it connects
This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.