T-205 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Luz Marina Tamayo Escobar·Respondent Juzgado Segundo Promiscuo Municipal De Silvia, Cauca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que se vulnera el derecho al debido proceso por falta de notificación a un tercero con interés legítimo impidiendo defenderse en dicha acción
- Improcedencia para controvertir decisiones que se adoptan en procesos de esta naturaleza
- Una vez la Corte Constitucional no selecciona proceso de tutela, adquiere los efectos de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, defensa.
Tutela contra providencia judicial.
La vulneración de derechos fundamentales se predica del hecho de haber fallado una acción de tutela sin haber notificado a la ahora accionante como tercero con interés legítimo en el asunto que se resolvió, por estimar el operador jurídico que no era necesario vincularla al contradictorio, porque en la acción constitucional no se alegó la propiedad objeto del litigio, sino el trámite y procedimiento que se impartió a una querella civil de policía por perturbación a la posesión.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la improcedencia de la acción de tutela para controvertir sentencias de amparo y tras corroborar que a la demandante se le violaron derechos fundamentales, se decide confirmar la decisión de instancia que CONCEDIÓ el amparo deprecado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia dictada en julio 2 de 2013 por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Silvia, Cauca, que concedio la tutela solicitada por la senora Luz Marina Tamayo Escobar.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.