T-1206 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Claimant Luz Torres Garzón·Respondent Sánitas Eps
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Inexistencia de interés de las partes en la acción, por no actualización de los hechos y pretensiones
- Remisión del expediente al Consejo Seccional de la Judicatura para lo de su competencia por la demora de remitir el expediente a la Corte Constitucional contrariando el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a al salud y vida de afiliada a la accionada quien desde 2004 padece problemas de lumbalgia para cuyo tratamiento le fue ordenada una resonancia magnética y una discografía l4l5l3l4, procedimientos negados por la accionada en razón de su carácter no pos. <br>la accionante pide que se ordene a la misma la prestación de los servicios en cuestión. <br>en este caso, sabe resaltar que el expediente en cuestión fue remitido para revisión de la corte constitucional cerca de dos años y ocho meses después de proferido el fallo de primera instancia. <br>en vista del representativo espacio de tiempo trascurrido entre la emisión de la decisión de instancia y la revisión del expediente, y la posible variación de las circunstancias fácticas, se dio traslado a las partes, frente a lo cual no se obtuvo respuesta alguna.
Por tanto, se resolvió suponer que no existía interés alguno por parte de los sujetos de la presente acción. <br>sin embargo, se dispuso la remisión del respectivo expediente al consejo seccional de la judicatura de risaralda para lo de su competencia. <br>negada <br>
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos, decretada por esta Sala mediante auto del 31 de octubre de 2008, para fallar en el presente asunto.
- SEGUNDO. CONFIRMAR el fallo de segunda instancia proferido por el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Pereira el 16 de septiembre de 2005, que resolvió confirmar la sentencia proferida por el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Pereira el 4 de agosto de 2005.
- TERCERO. De conformidad con lo dispuesto en la parte considerativa de esta providencia, ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional, que remita copia íntegra de este expediente a la Sala Jurisdiccional del Consejo Seccional de la Judicatura de Risaralda, con el fin de que se investigue la posible falta en que se pudo haber incurrido en el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito, consistente en la remisión tardía del expediente 66001-40-04-008-2005-00539-00 (número único de radicación), a esta Corte Constitucional.
- Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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