T-1015 de 2000
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Martínez Caballero
✓Claimant Luis Alfonso Mejia Paez Vs. Acerias Paz Del Rio.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Subordinación
- Pago oportuno de mesadas
- Asunción de responsabilidad por mora en aportes en salud
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 13 de marzo de 2000 por la Sección Cuarta del Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Luis Alfonso Mejía Páez contra la empresa Acerías Paz del Río S.A., y, en su lugar, CONCEDER la protección solicitada.
- Segundo. ORDENAR a la empresa Acerías Paz del Río S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, pague, las mesadas atrasadas pertenecientes al señor Luis Alfonso Mejía Páez por concepto de su pensión de jubilación, si ya no lo hubiere hecho, siempre y cuando el flujo de caja lo permita. Si éste no existiere, deberá realizar las gestiones pertinentes a fin de garantizar el pago de las mesadas adeudadas. Dichas gestiones no podrán exceder el término perentorio de tres (3) meses.
- Tercero. ORDENAR a la empresa Acerías Paz del Río S.A., que mientras realiza los aportes correspondientes a salud o afilia nuevamente al actor al Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de cualquier E.P.S., asuma de su propio bolsillo todos los gastos médicos y de medicamentos que requiera el demandante y sus beneficiarios, hasta tanto dicha vinculación se produzca, de lo cual deberá informar al juez de primera instancia en étse proceso.
- Cuarto. El incumplimiento de lo aquí ordenado acarreará las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Quinto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.