T-017 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Instituto Nacional De Vias Vs. Sociedad Colombiana De Ingenieros - Centro De Conciliación Arbitraje Y Amigable Composicion
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Características
- Efectividad de derechos y obligaciones de las partes de un contrato estatal
- Igualdad de oportunidades para las partes
- Las decisiones son normas de obligatorio cumplimiento para las partes
- Origen
- Ejercicio de la autonomía de la voluntad privada
- Etapas para la resolución de conflictos
- Improcedencia para modificar unilateralmente acuerdo previo
- Límites y medios para lograr el fin contractual
- Naturaleza
- Sometimiento de controversias susceptibles de transacción
- No puede ser objeto de protección en el nacimiento, ejecución y extinción de los contratos
- Procedencia para reiniciar trámite de la amigable composición
- Parámetros que guían la ejecución de las obligaciones de la amigable composición
- Mecanismo alternativo carente de reglamentación legal específica
- Alcance
- Relación con los principios de economía y garantía del patrimonio económico de los contratistas
- Solución de controversias
- Interposición durante el trámite del proceso contractual de la amigable composición
- Procedencia por falta de señalamiento del trámite concursal en la resolución de conflictos
- Resolución mediante mecanismo que brinde garantías procesales inherentes al debido proceso
- Negocio jurídico que fundamenta la competencia de la amigable composición
- Resolución en equidad de conflictos contractuales entre el Estado y un particular
- Existencia de diferencias sustanciales entre la decisión y el laudo arbitral
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso y la defensa de entidad publica del orden nacional dentro del tramite de solicitud de amigable composición por controversias contractuales relacionadas con la ruptura de equilibrio economico en contrato de obras suscrito con el consorcio survial procedimiento al cual se opone el invias por la inexistencia de un procedimiento legal o reglamentario para el tramite de la solicitud.
Solicita declarar que la sociedad colombiana de ingenieros -centro de conciliacion arbitraje y amigable composición no puede continuar el tramite de la amigable composición provocada por el consorcio se declare fallida o fracasada la instancia de amigable composición y se ordene la suspension del tramite adelantado por la sociedad colombiana de ingenieros.
El principio de arreglo directo en la solucion de controversias de la contratación estatal.
Origen naturaleza y características de la amigable composición.
Limitaciones que surgen para los amigables componedores a partir del contenido normativo de los principios de buena fe e igualdad reconocidos en la constitucion política.
Subyace una situacion de indefension de adelantarse el tramite de la composicion sin unas reglas claras y objetivas previamente conocidas por los intervinientes.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia del diecinueve (19) de julio de 2004 proferida por el Juzgado
- Noveno. Penal del Circuito de Bogota D.C., mediante la cual se otorgo el amparo solicitado, pero por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. ORDENAR a la Sociedad Colombiana de Ingenieros -Centro de Conciliacion, Arbitraje y Amigable Composicion-, que en el termino de cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta decision, proceda a reiniciar el tramite de composicion desde la audiencia de apertura, determinando explicitamente el alcance y naturaleza de la disputa, el tiempo de duracion del proceso contractual y el de cada una de sus etapas y, ademas, el momento oportuno para la presentacion y contradiccion de los elementos de juicio que las partes pretendan hacer valer.
- Tercero. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.