A- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Iván Palacio Palacio
✓Claimant Roberto Leon Zapata Acosta·Respondent Ese Hospital San Juan De Dios
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite expediente a juez de primera instancia
- Reiteración de Jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro (Antioquia) y el Juzgado Décimo Octavo Civil del Circuito de Medellín.
La Corte reitera que el demandante puede presentar la acción de tutela ante los jueces, a prevención, para la protección de sus derechos constitucionales fundamentales; lo que implica que puede elegir entre el lugar donde ocurrió la presunta vulneración, que no necesariamente coincide con el de su domicilio, y el lugar en el cual se producen sus efectos.
Como quiera que en el presenta caso el peticionario señaló que deseaba ser notificado en la ciudad de Medellín, considera la Sala que este es el lugar que él eligió para dar trámite tanto a su petición como a su solicitud de amparo.
Consecuentemente, se dirime la controversia ordenando la remisión del expediente al Juzgado Décimo Octavo Civil del Circuito de Medellín, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS la decisión del 4 de marzo de 2016, proferida por el Juzgado
- Décimo.
- Octavo. Civil del Circuito de Medellín, mediante la cual decidió que no era competente territorialmente para conocer la acción de tutela presentada por el señor Roberto León Zapata Acosta.
- Segundo. REMITIR el expediente al Juzgado
- Décimo.
- Octavo. Civil del Circuito de Medellín, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes y al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Rionegro (Antioquia), la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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