A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant De Oficio·Respondent Héctor
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Santa Marta y el Resguardo Chimila de Issa Oristunna, del Cabildo Indígena Ette Ennaka.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos o factores establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia.
Se acredita el elemento personal pues se comprueba la pertenencia del imputado al pueblo indígena.
Se acredita el factor territorial, toda vez que de las pruebas se tiene que los hechos ocurrieron en una vivienda ubicada en el barrio Los Cardonales, sector de Gaira, en la ciudad de Santa Marta, en donde tiene asentamiento el pueblo al que pertenece el imputado.
Respecto del factor objetivo, la Sala Plena advierte que existe una concurrencia de intereses entre la sociedad mayoritaria y la comunidad indígena para conocer y juzgar el delito que se le imputó al comunero, por lo que el mismo no es determinante para atribuir la competencia.
En cuanto al factor institucional, la Sala considera que no se cumple pues aunque la Corte no descarta ni descalifica el sistema de justicia propio que pueda tener el Resguardo Chimila de Issa Oristunna en el marco de sus usos, costumbres y tradiciones, y pese a que las autoridades indígenas allegaron cierta información para fundar su solicitud, para la Corte no es posible determinar la existencia de unas garantías mínimas tanto para el procesado como para la víctima, no se cuenta con elementos centrales sobre el sistema de justicia, no es posible establecer las sanciones imponibles en este tipo de asuntos, las etapas existentes en el proceso de juzgamiento, las autoridades a cargo de ello, los derechos del procesado y de las víctimas.
La Corte decide asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal y resuelve remitir el expediente al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Santa Marta para que proceda con lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Santa Marta y la Jurisdicción Indígena del Resguardo Chimila de Issa Oristunna, del Cabildo Indígena Ette Ennaka y DECLARAR que el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Santa Marta es la autoridad competente para conocer del proceso penal seguido en contra de Héctor por los delitos de homicidio y tortura.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5743 al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Santa Marta para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y a las autoridades indígenas del Resguardo Chimila de Issa Oristunna, del Cabildo Indígena Ette Ennaka.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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