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Order (Auto)August 28, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Oficio·Respondent Luis

✓
Topic · hard data
Incumplimiento Del Factor Institucional Y Objetivo-Violencia Intrafamiliar Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria- Jurisdicción Ordinaria Se Enfoca En La Preservación De La Integridad Familiar Como Un Valor Fundamental, Mientras Que La Comunidad, Al Menos En Este Caso, No Parece Haber Considerado La Violencia Intrafamiliar En El Mismo Grado De Relevancia Dentro De Su Cosmovisión- No Existe Certeza Del Cumplimiento Al Debido Proceso.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 2 Promiscuo Municipal de San Agustín (Huila) y el Resguardo, originado en la investigación penal contra un ciudadano miembro de comunidad indígena por la presunta comisión del delito de violencia intrafamiliar.

Verificado el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos o factores establecidos por la jurisprudencia para poder asignar la competencia.

Se acreditan los elementos subjetivo y territorial.

Acerca del elemento objetivo, la Sala considera que el delito de violencia intrafamiliar imputado al comunero es particularmente lesivo para la sociedad mayoritaria; el ordenamiento penal prevé una agravación punitiva del mismo cuando los hechos se cometen contra una mujer, dado que generalmente están influenciados por una relación desigual de poder entre los miembros de la pareja.

Por su parte, el representante del Resguardo en ningún momento se refirió a la conducta que se investiga ni a la lesividad que esta representa dentro de su cosmovisión; la Jurisdicción Ordinaria se enfoca en la preservación de la integridad familiar como un valor fundamental, mientras que la Comunidad, al menos en este caso, no parece haber considerado la violencia intrafamiliar en el mismo grado de relevancia dentro de su cosmovisión.

Respecto del elemento institucional, la Corte no encuentra que la Comunidad cuente con un andamiaje institucional suficiente para investigar y juzgar la conducta de violencia intrafamiliar que se ha endilgado al comunero, el representante de la Jurisdicción Indígena no esbozó argumentos tendientes a demostrar que sus procedimientos propios de justicia garanticen la imparcialidad, el debido proceso del indiciado, o los derechos de participación y reparación de la presunta víctima y se genera dudas sobre el verdadero interés en judicializar las conductas denunciadas.

La Sala resuelve asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad penal y dispone el envío del expediente al Juzgado 2 Promiscuo Municipal de San Agustín (Huila) para que adelante las funciones de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (3 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto positivo de jurisdicciones entre el Juzgado 2 Promiscuo Municipal de San Agustín (Huila) y el Resguardo, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2 Promiscuo Municipal de San Agustín (Huila) es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido en contra de Luis.
  2. Segundo. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-5737 al Juzgado 2 para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados y al Resguardo.
  3. Tercero. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, COMPULSAR COPIAS del expediente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Huila para que, dentro de sus atribuciones legales y constitucionales, adelante las acciones que considere pertinente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela
Cites19
A. 255/23Proceso Penal Abierto Por El Delito De Violencia Intrafamiliar Agravada En Donde La Víctima Y El Indiciado Son Miembros De Un Resguardo Indígena-No Se Cumplen Los Elementos Para Activar La Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena.A. 1143/23Ausencia De Los Factores Personal E Institucional-No Fue Posible Identificar Las Garantías Definidas Para La Protección De Los Derechos En Conflicto En Demanda Ordinaria Laboral.A. 911/22Ausencia De Los Factores Territorial E Institucional-La Autoridad Indígena Carece De La Estructura Necesaria Para Investigar Y Sancionar La Presunta Comisión De Los Delitos De Peculado Por Apropiación Y Contrato Sin Cumplimiento De Requisitos Legales.A. 501/22Ausencia Del Factor Institucional-Carencia De Estructura Que Permitiera El Juzgamiento De Los Involucrado-Delitos De Fabricación, Tráfico Y Porte De Armas, Municiones De Uso Privativo De Las Fuerzas Armada En Concurso Heterogéneo Sucesivo Con Fabricación, Tráfico, Porte O Tenencia De Armas De Fuego, Accesorios, Partes O Municiones.A. 444/22Ausencia De Los Factores Objetivo, Territorial E Institucional-La Autoridad Indígena No Acreditó La Existencia De Una Organización Institucional Prevista Para La Judicialización Del Procesado En La Presunta Comisión Del Delito De Violencia Intrafamiliar Agravada Por El Género.A. 138/22Ausencia De Los Factores Territorial E Institucional-Delito De Actos Sexuales Abusivos Con Menor De 14 Años, En Concurso Heterogéneo Y Simultáneo Con La Misma Conducta.
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