JurídicoESEN
Order (Auto)August 1, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera

✓Claimant De Oficio·Respondent Pacheco Niño Nestor Samuel

✓
Topic · hard data
Imposibilidad De Acreditar El Elemento Funcional- No Existe Relación Próxima Y Directa Entre El Hecho Punible Y La Función Militar Que Se Desempeñaba.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria
  • Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 31 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 185 de Instrucción Penal Militar de Bogotá.

Se presenta la controversia por una investigación penal en contra de un ciudadano, miembro activo del ESMAD, por la presunta comisión del delito de homicidio, en hechos ocurridos durante una concentración de manifestantes en el barrio la Andrea en la localidad de Usme en Bogotá, en la que el indiciado disparó con un fusil lanza gases “en línea recta en contra de la humanidad del occiso, impactándolo a la altura de la región mamaria izquierda.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena recuerda que el conocimiento para la investigación y juzgamiento de hechos por parte de la Jurisdicción Penal Militar, es excepcional y requiere la acreditación de dos elementos: el subjetivo y el funcional.

Para el caso concreto, pudo acreditarse el elemento subjetivo toda vez que el indiciado es un uniformado en servicio activo.

Acerca del factor funcional, la Sala Plena concluye que existen dudas o cuestionamientos sobre el vínculo directo entre el resultado de la conducta desplegada por el patrullero y el servicio que desempeñaba como miembro activo del ESMAD para restablecer el orden público donde sucedieron los hechos para la configuración del fuero penal militar.

Por ello, solo para efectos de dirimir el conflicto de competencia, pues la responsabilidad del procesado deberá resolverla el juez penal que conozca del caso, la Corte resuelve con la regla según la cual, corresponde a la jurisdicción penal ordinaria, en virtud de la regla general de competencia contenida en el artículo 29 de la Ley 906 de 2004, conocer de los procesos penales adelantados contra miembros de la Fuerza Pública cuando, a pesar de que la conducta se haya ejecutado en el marco de una actuación legítima, existen dudas sobre la relación directa, próxima y evidente entre la conducta investigada y las facultades asignadas por la Constitución y la ley a las fuerzas militares o policiales, esto es, a la función propia o a la misión.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado 31 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 185 de Instrucción Penal Militar de Bogotá y a los sujetos procesales interesados en este asunto

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones presentado entre el Juzgado 31 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado 185 de Instrucción Penal Militar de Bogotá, y DECLARAR que corresponde a la Jurisdicción Ordinaria el conocimiento del proceso penal adelantado contra el señor Néstor Samuel Pacheco Niño por la posible comisión del delito de homicidio.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5498 al el Juzgado 31 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 185 de Instrucción Penal Militar de Bogotá y a los sujetos procesales interesados en este asunto.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.